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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #732117  por cesar14
 
hola concuedo con lo que dice eltam88, concuerdo que esta vigente la relacion laboral, el hecho de enviar el preaviso, no indicaria un despido desde el momento de percepción del mismo, si el empleado puede recibir sin considerarse despedido,
El preaviso es un plazo final del contrato de trabajo, es decir rescindir, pero despues 15 dias.
salu2
 #732148  por Romina34
 
eltam88 escribió:Al estar vigente la relación laboral entiendo que rige la 24013. El estar preavisado no es óbice a que una de las partes pueda considerase despedido si la otra no cumple con sus obligaciones.

como se va a considerar despedido si ya lo despidieron??????????????????
ok, gente, es una cuestión de interpretación, para uds la 25323 se aplica si y solo si una vez que se hizo efectivo el despido, o sea cuando el empleado dejo de trabajar. para mi, la 25323 es aplicable una vez producido el despido, o sea cuando el despido le fue notificado al empleado, con o sin preaviso.
saludos,
 #732152  por Romina34
 
cesar14 escribió:hola concuedo con lo que dice eltam88, concuerdo que esta vigente la relacion laboral, el hecho de enviar el preaviso, no indicaria un despido desde el momento de percepción del mismo, si el empleado puede recibir sin considerarse despedido,
El preaviso es un plazo final del contrato de trabajo, es decir rescindir, pero despues 15 dias.
salu2

no envió preaviso, envió notificación de despido cumpliendo con el preaviso correspondiente.
me mato lo siguiente: "no indicaria un despido desde el momento de percepción del mismo, si el empleado puede recibir sin considerarse despedido" en el sentido que me revoluciono, es un concepto nuevo!!
saludos,
 #732157  por eltam88
 
Romina34 escribió:
eltam88 escribió:Al estar vigente la relación laboral entiendo que rige la 24013. El estar preavisado no es óbice a que una de las partes pueda considerase despedido si la otra no cumple con sus obligaciones.

como se va a considerar despedido si ya lo despidieron??????????????????
ok, gente, es una cuestión de interpretación, para uds la 25323 se aplica si y solo si una vez que se hizo efectivo el despido, o sea cuando el empleado dejo de trabajar. para mi, la 25323 es aplicable una vez producido el despido, o sea cuando el despido le fue notificado al empleado, con o sin preaviso.
saludos,
Le avisan que en tal fecha queda despedido, mientras tanto la relación sigue vigente, por ello el trabajador puede considerarse despedido ante las injurias de su empleador.
 #732164  por Romina34
 
ehhhhhhhhhhhh???????????? que notifique el despido con preaviso, no quiere decir que mientras transcurre el preaviso el empleado se puede considerar despedido.. si ya fue despedido.
 #732180  por eltam88
 
El preaviso no pone fin al contrato de trabajo, sino que solamente establece su fecha de extinción. Durante el curso del preaviso se mantienen los derechos y deberes de las partes esto surge del 238.
Si esto es así al surgir un incumplimiento por cualquiera de las partes que implique una injuria suf para extinguir el contrato no veo porque no pueda cualquiera estas hacer denuncia del contrato con justa causa.
 #732228  por GU
 
Romina34 escribió:eso esta mas que claro, es lo que venimos hablando en el hilo del post.
lo que yo digo que la ley 25323 es aplicable a partir del momento del despido, independientemente que el despido se de con preaviso o no. y según la doctrina por "momento del despido" -x aplicación de la teoría recepticia de los actos jurídicos- se entiende el momento en que la notificación del distracto llega a esfera de conocimiento del empleado.
por eso es que digo que yo entiendo que notificado el despido procede la ley 25323. independientemente que haya preaviso o no.
saludos,
Desde mi punto de vista, te equivocas cuando decis que el despido ya se configuro. El despido se configura en el momento en que se extingue la relacion laboral, no en el momento en el que se lo comunica (por lo que es ajeno la aplicacion de la teoria recepticia al caso).

El despido con preaviso, esta sujeto al cumplimiento de este plazo (salvo acuerdo en contrario). En el interin, como dijo eltam, subsisten todos los derechos y obligaciones previstas en la norma, y es indiscutible que la relacion sigue vigente (las prestaciones se siguen devengando). Incluso, las partes pueden llegar al extremo de arrepentirse del despido y continuarla con un "aca no paso nada".

Voy a buscar jurisprudencia sobre esto. Recuerdo que no hace mucho vi un caso exactamente igual a este, con la excepcion de que se trataba de una relacion de mayor duracion, pero la intimacion 24013 si era enviada durante el preaviso otorgado.

Salutes!
 #732316  por GU
 
Encontre otro, pero recuerdo uno mas actual y mejor fundado. Este reconoce la procedencia de la 24013, respecto al art. 10, pero no respecto al 15.

"Dado que la interpelación remitida por el trabajador coincide con la fecha de finalización del vínculo, de acuerdo a la notificación del preaviso realizada oportunamente por el empleador, y puesto que éste no aportó pruebas para desvirtuar que la misma fue recepcionada durante el transcurso de esa jornada, debe recordarse que durante el transcurso del preaviso el contrato laboral subsiste a todos los efectos legales, por lo que la intimación efectuada antes de su finalización tiene plena eficacia. En consecuencia, correspondería admitir la procedencia de la multa prevista en el art. 10 de la ley 24013. Sin embargo, en el caso, no procedería la sanción emergente del art. 15 de dicha normativa pues cabría concluir que la causa del despido no guarda relación con la intimación efectuada por el accionante - en el caso un mes y medio después de haber sido notificado del distracto y contemporáneamente con la extinción del contrato laboral- debiendo memorarse que el preaviso en definitiva es el lapso durante el cual la denuncia de la relación laboral ya perfeccionada, tiene su efecto propio (disolutivo) suspendido (conf. Justo López en “Ley de Contrato de Trabajo Comentada” redactada con la colaboración de los Dres. Centeno y Fernández Madrid Ed. Contabilidad Moderna, T. II, pág. 938), por lo que mal puede inferirse que la decisión rescisoria adoptada por la principal guarda alguna vinculación con la intimación realizada por el dependiente a los fines de regularizar su registración laboral, de conformidad con las previsiones de los arts. 11 y 15 de la LNE. CNAT Sala II Expte n° 24686/00 sent. 90751 8/8/01 “Tagliaferro, Fernando c/ Banne SA s/ despido” (G.- B.-)"

Salutes!
 #732320  por matias256
 
En este caso todas las interpretaciones son válidas y se pueden justificar muy bien. Es un tema lindo para debatir pero creo que cualquiera de las dos interpretaciones en principio es correcta.
 #732342  por eltam88
 
Durante el curso del preaviso ambas partes mantienen sus derechos y obligaciones recíprocas y sigue rigiendo con plenitud las normas laborales. De ahí que el contrato laboral pueda terminar durante el curso del preaviso por despido directo o indirecto por algunos de sus componentes. CNAT sal X 30-4-99 Fonseca, josé c/ Consorcio de propietarios Av San Juan 245"
 #732346  por matias256
 
eltam88 escribió:Durante el curso del preaviso ambas partes mantienen sus derechos y obligaciones recíprocas y sigue rigiendo con plenitud las normas laborales. De ahí que el contrato laboral pueda terminar durante el curso del preaviso por despido directo o indirecto por algunos de sus componentes. CNAT sal X 30-4-99 Fonseca, josé c/ Consorcio de propietarios Av San Juan 245"
También estoy de acuerdo, pero eso no quita que haya otro fallo de otra sala que diga lo contrario. Es un caso que se presta para el debate, y no creo que haya mucha jurisprudencia sobre el tema.
 #732348  por Romina34
 
me queda mas que claro que durante el preaviso el contrato de trabajo se desenvuelve normalmente. y que si el empleador cometiera algún incumplimiento el empleado podría denunciarlo y dar por extinguida la relación antes de cumplirse el preaviso.
pero si no comparto que el empleado, luego de un despido, pueda considerarse despedido...
mi interpretación surge de lo que dice la ley 25323, la cual se refiere al "despido" no a cuando la relación este terminada efectivamente.
y comparto el criterio de grisolia cuando dice que por "momento del despido" -x aplicación de la teoría recepticia de los actos jurídicos- se entiende el momento en que la notificación del distracto llega a esfera de conocimiento del empleado.
saludos,
 #732350  por Romina34
 
matias256 escribió:
eltam88 escribió:Durante el curso del preaviso ambas partes mantienen sus derechos y obligaciones recíprocas y sigue rigiendo con plenitud las normas laborales. De ahí que el contrato laboral pueda terminar durante el curso del preaviso por despido directo o indirecto por algunos de sus componentes. CNAT sal X 30-4-99 Fonseca, josé c/ Consorcio de propietarios Av San Juan 245"
También estoy de acuerdo, pero eso no quita que haya otro fallo de otra sala que diga lo contrario. Es un caso que se presta para el debate, y no creo que haya mucha jurisprudencia sobre el tema.
Exacto, aca no es 2+2, y lo que diga una sala no es palabra santa para el resto.
saludos,
 #732352  por eltam88
 
Romina34 escribió:
matias256 escribió:
eltam88 escribió:Durante el curso del preaviso ambas partes mantienen sus derechos y obligaciones recíprocas y sigue rigiendo con plenitud las normas laborales. De ahí que el contrato laboral pueda terminar durante el curso del preaviso por despido directo o indirecto por algunos de sus componentes. CNAT sal X 30-4-99 Fonseca, josé c/ Consorcio de propietarios Av San Juan 245"
También estoy de acuerdo, pero eso no quita que haya otro fallo de otra sala que diga lo contrario. Es un caso que se presta para el debate, y no creo que haya mucha jurisprudencia sobre el tema.
Exacto, aca no es 2+2, y lo que diga una sala no es palabra santa para el resto.
saludos,
iGUAL 2+2 es 4 en nuestro sistema. No es tan así lo de 2+2 es 4, hay que tener cuidado sino preguntenle a Paenza.
Sabía que lo que dice una sala no es palabra santa. Pero para mí interpretación si la relación esta vigente la parte puede darse por despedida ante la grave injuria de la otra.
 #732355  por eltam88
 
No creo que haya algún fallo, ni ningún doctrinario que diga que las partes no puedan denunciar el contrato durante este lapso. Pero como todo es relativo todo puede ser.