carola76 escribió:pregunto, en mi caso, la esposa firmó un mutuo con garantia hipotecaria (hipotecó un campo). anterior a eso tenía una deuda con un banco que le remata ese campo, pero como no alcanzó para pagar al acreedor hipotecario (el del mutuo), éste le inició juicio. la esposa no tiene ningun bien, ambos cónyuges están inhibidos por el juicio del banco. solo queda un bien que es eñ hogar conyugal que está a nombre del marido casada con la esposa. por tanto, es bien ganancial pero de titularidad del marido. como la deuda la contrajo la espos, entiendo que la abogada del acreeedor hipotecario no puede embargarle ni siquiera el 50 % . estoy en lo cierto?? gracias.Si la deuda la contrajo ella, por que esta inhibido el???
Los bancos se resguardan muy bien de estos temas. Probablemente ella haya sido la titular del campo por eso el mutuo hipotecario esta a su nombre, pero el credito debio ser contraido por ambos, o el como garante, y por eso esta inhibido. Lo que implica que es deudor y podés perseguir sus bienes, o sea, esta casa ( salvo bien de familia anterior).
REspecto de los bienes de los conyuges, GENTE APRENDERSE DE MEMORIA 5 Y 6 DE LA 11357!!!!!!!!!!!!!
Recuerden que segun el origen de la deuda ( mantencion de los hijos, etc) puede ser responsabilizado con us patrimonio ganancial el conyuge que NO contrajo la deuda.
