Hola!! cheeee!!!!!!! no tengan mala onda!!! aunque me divirtio.
bueno te digo lo que sé. Si ya tenés la declaratoria. si, se trata de inmuebles, tenés que ir a rentas, pedir la valuación, pagar de acuerdo a ella la tasa de justicia. En el registro de la propiedad tenés que pedir certificado de inhibición del causante y certificado de dominio del inmueble, adjuntar todo al expediente con el pedido de testimonio de la D.H y oficio de inscripción. una vez que tenés esto vas al registro de la propiedad pedis los formularios que corresponden a la inscripción de declaratoria de herederos (allí hay un lugar en donde indican como llenarlos), lo llenas y los presentas los aranceles te los van a indicar ahí.
y si se trata de automotores, tenés que pagar la tasa de justicia, de acuerdo a su valuación. En el Registro, pedir el certificado de dominio y parecido a lo anterior.
Espero que te sirva.