Hola Veronica, soy Diego. Queria hacerte una pregunta mu puntual, un sr. que se jubiló como autonomo a los 65 años en 1.993 con la ley 18.037/38. Lo le que le ocurria a él (segun me contaba) es que sus amigos que se jubilaban un año despúes, con la ley nueva (24.241) cobraban el doble que él, por lo que su haber quedó, en ese momento, desactualizado. Yo quisiera saber si a él le corresponde pedir un reajuste por haberse jubilado con la ley vieja, desde ya muchas gracias.
Kokita creo que ahora hay un curso sobre reajustes de lo que necesitas, entra a la pagina de Grupo Profesional y ves si es lo que buscas.
Saludos
Veronica
