andrea1982 escribió:GonzaloS, si los va a perjudicar a los que hacen previsional en serio.
Por qué? Porque así como cualquiera hace una moratoria, ahora cualquiera va a hacer una jubilación... Obvio que dentro de cierto requisitos.
Yo entiendo tu postura, y hasta podría decirte que la comparto, en el sentido de que muchos cobran 3 haberes y ni conocen la 24.241, y ni que hablar de otras leyes, ahora, vuelvo a repetirte lo que te dije, esto beneficia exactamente a este tipo de personas.
Y te juro, que por más que le expliques 50 veces, el cliente no entiende, el cliente solo entiende lo que le conviene, y además, que la chica de la vuelta le saca la jubilación en 60 días, la manda por internet y nunca tocó un libro.
Así fue con el SICAM, date una vueltita por el foro, fijate nada más cuando post hay solo de previsional, y hace unos años, el que hacía previsional no "ejercía" la profesión. Y hace unos años no abundaban modelos de demanda según Badaro, no había SICAM, las jubilaciones eran si o si con turno, etc. Y de todos esos post, fijate a cuantos les hacen el SICAM (que podría decirse que en algunos casos es el 90% del trabajo) para que luego cobren 3 haberes.
Insisto, si va a perjudicar al previsionalista de verdad, al tipo que se mató estudiando, y ahora cualquiera hace una jubilación. Entendés?
Te apuesto algo... se van a beneficiar todos aquellos que no saben ni como pedir un turno, ni que es el SICAM, ni leyeron la 24.241 pero que se dan con el lujo de decir, como dijo Doncella "yo cobro 3 haberes como todos, porque si no no me rinde".
El resto comparto, es un robo que se cobren 3 haberes por una jubilación de las mal llamadas ama de casa...
Saludos
Andrea, una amistad personal para con vos, así como también una acabada conciencia de tu
formación ético- jurídico, me conminan a efectuarte un par de aclaraciones.
Primero, es que evidentemente el post, no es para personas como vos o tu mamá, de hecho, me
consta -y asi lo atestigua no solo tu historial de mensajes, sino también la memoria colectiva de
quienes hemos seguido tus post- tu marcada vocación de justicia y la defensa
acérrima por un derecho previsional entendido como tal y por PROFESIONALES que siempre
efectuaras y francamente admiro.-
No obstante, me voy a permitir diferir en tu enfoque respecto a si esto
trae aparejadas o no
consecuencias disvaliosas hacia los previsionalistas.
(Y en mi disquisicíón apelo a tu apertura mental, -así como también a tu conocimiento integral del
derecho- para mostrarte una cuestión que debería aparecer a todas luces evidentes.-)
A mi modo de ver la realidad -y para cotejarlo solo basta con solo colocar en el google "gestores
truchos", la materia previsional - ERGO, EL EJERCICIO DEL DERECHO PREVISIONAL, vivió de un
tiempo a esta parte una situación bastante "compleja", por llamarla de algún modo, en tal sentido
y si bien no pretendo ser la memoria colectiva del desastre, basta con recordar las MUCHAS
denuncias recepcionadas CONTRA "GESTORES" PREVISIONALES, por maltrato de ancianos, las
traffics "officina",los panfletos de "llame ya y se jubila" y las no POCAS DENUNCIAS PÚBLICAS
EFECTUADAS POR LOS MISMOS ORGANIMOS COMPETENTES.-
Ahora bien.
¿Que lectura hago yo de ello?
Que me alegro.
Y muero y moriré en mi alegría.
Y te voy a explicar porqué -sacando argumentos parciales- francamente me importa menos que
un BLEDO si los previsionalistas de verdad EVENTUALMENTE ESTO LES AFECTA.-
Primero, tienen -o deberían de tener- un título habilitante para un montón de ramas del derecho.
Segundo, acá hay una cuestión bastante básica y que evidentemente no se percibe y es que, en
definitiva el Estado no solo PUEDE PROPONER ESTE TIPO DE MEDIDAS (ACCESIBILIDAD POR I
NTERNETAL TRÁMITE POR EJ. Y GRATUIDAD DEL MISMO) SINO QUE ADEMÁS DEBE PROPONDER.
Hagamos al respecto un racconto histórico, de donde surgen estos "procuradores mugre del derecho
previsional", de LA DESICIÓN DE UN ESTADO QUE BUSCANDO EL BIEN COMÚN DECIDE -EN CLARA
POSICIÓN INTERVENCIONISTA- MASIFICAR EL BENEFICIO DE LA JUBILACIÓN.
Ahora bien, y de donde surge eso???
Y acá pido se saque el lapiz (sobre todo los pseudogestores que no han visto una Constitución ni en
en la librería) surge de acá:
23.
Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad.
Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia.
Eso, mi estimada amiga es parte de nuestro texto constitucional.-
Y eso, (o su reglamentación por vía del art. 28 de la CN) es en definitiva lo que dio cabida o
intervención a los "procuradores mugre".-
Lo que pasa es que mientras servía el estado intervencionista (fiesta según un forista) estaba todo
bien, el problema es que cuando ESE MISMO ESTADO INTERVENCIONISTA, es el que CONTINUA
PROPENDIENDO MEDIDAS DE ACCION POSITIVA (EN CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
INTERNACIONALES CLARAMENTE ASUMIDAS) LES MATA "LA FIESTA", AHÍ ES CUANDO SALTA TODO
EL MUNDO Y DICE LIBERRRRRRRRRRRALIIIIIIIISMOOOOOOOOOOOOOOO, y francamente me parece
alarmante que como operadores jurídicos no se comprenda.
Conclusión: Si en pos del bien común DEBE CEDER el abogado previsionalista, pues bien, lo siento
que CEDA, LA ECUACIÓN ES BIEN COMÚN - JUBILADO- PREVISIONALISTA, Y NO PREVISIONALISTA-
JUBILADO. BIEN COMÚN.
¿Porque?
Porque ASÍ LO QUISIERON NUESTROS GOBERNANTES AL MOMENTO DE FIRMAR LOS TRATADOS
INTERNACIONALES.
Y porque además, AÚN MEDIANDO EL SUPUESTO DE UN CONFLICTO DE DERECHOS
CONSTITUCIONALES (vgcia. el derecho a trabajar y el derecho a la acción positiva del Estado en
favor del anciano),el primero DEBE CEDER ANTE EL SEGUNDO, TAL Y COMO YA SOBRADAMENTE SE
HA EXPEDIDO LA CORTE AL RECEPTAR EL DERECHO A PROTEGER LA PARTE MÁS INDEFENSA EN
TÉRMINOS CONSTITUCIONALES (en este sentido, te recomiendo por la claridad meridiana expositiva,
el libro"Carta abierta sobre la intolerancia" de Roberto Gargarella, como así también la lectura del
precedente New York c/ Sullivan de la Corte de los EEUU.
Atte.
Pd: Al que no le guste:
a- Que consiga mayoría y REFORME LA CONSTITUCIÓN.-
b- En vez de hacerle la jubilación al abuelo de heidi por tres haberes, que lo convenza de
que es buena idea la cesión de los derechos posesorios de la pradera....sic.