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  • Res. 980 o 524?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #213071  por NICOLETTA
 
De acuerdo a lo que leí de la 524, la misma reemplaza el ANEXO I DE LA RESOLUCION 980, es decir que los servicios prestados en el Sector Púbico Nacional y Bancos Oficiales deberán llevar Certificaciones de servicios extendidas por los funcionarios autorizados. Y que Las Certificaciones de servicios de los Trabajdores Rurales dberán ser refrendadas por el RENATRE.

Mi opinión es que no modifica nada lo de SDM. Que debemos presentar el Anexo II de la 980 como siempre. El Miércoles tengo un turno en la Udai
presento y voy con mi cliente, llevo el Anexo II de la 980, veré que pasa y les cuento.

 #213078  por Amber
 
Si, en relación a las con SDM yo tbn voy a llevar el anexo II y tbn voy a invocar la 10/07...lo que abunda no daña.

 #213432  por rpupy
 
No entiendooo cual es la Diferenciaa con la resolucion 980!!!
alguien podraaa ponermelo en claro, porfavorrrr

 #213918  por lgaray
 
rpupy escribió:No entiendooo cual es la Diferenciaa con la resolucion 980!!!
alguien podraaa ponermelo en claro, porfavorrrr

rpupy: ¿ que no entendés?
empezando porque ya no hace la separación hasta el 1969 sino hasta el 12/77, después cambian los porcentajes que prueban o no los periodos.
Te sugiero tomes ambas resoluciones y vayas comparando las diferencias

Podés hacer un cuadro separando las alternativas de probatoria
hasta / con CS o certificado / sin, etc
y asi vas completando las alternativas que hay.
Creo que te va a resultar más fácil para consultar.
no es difícil de entender

 #213937  por liabaires
 
si, con mi hermana fuimos separando asi y colocando en los periodos los requisitos, para poder reevaluar las carpetas pendientes a la luz de la nueva 524.