De ningún modo. Si bien es una averración, no es algo que no le pase a ANSES así que no te sorprendas tanto. Mejor dicho alegráte, por que se mandaron una grande y no pueden resolverla.
Aparte de la 24.463 se aplica el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación por que desde la sanción de esa ley el proceso es contencioso como el resto de los mortales. Por ende si ANSES no opuso en el momento procesal oportuno excepción de prescripción (Con la contestación de demanda) consintieron la prescripcion y tienen que pagar todo.
Ojo, si vos no hiciste la demanda, fijáte si en la misma no se reclamó desde dos años para atrás por que es común que se pida así.
Saludos y mucha suerte
Aparte de la 24.463 se aplica el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación por que desde la sanción de esa ley el proceso es contencioso como el resto de los mortales. Por ende si ANSES no opuso en el momento procesal oportuno excepción de prescripción (Con la contestación de demanda) consintieron la prescripcion y tienen que pagar todo.
Ojo, si vos no hiciste la demanda, fijáte si en la misma no se reclamó desde dos años para atrás por que es común que se pida así.
Saludos y mucha suerte
