Estimados, la consulta es la siguiente:
Los sesenta días para ratificar la gestión procesal, concretamente desde cuándo se cuentan?? Tengo tres opciones:
- desde la fecha de cargo del escrito que invoca gestión
- desde la fecha de la providencia que lo tiene por gestor
- o desde que se notifica la providencia que lo tiene por gestor???????
Espero sus comentarios y saludos
Los sesenta días para ratificar la gestión procesal, concretamente desde cuándo se cuentan?? Tengo tres opciones:
- desde la fecha de cargo del escrito que invoca gestión
- desde la fecha de la providencia que lo tiene por gestor
- o desde que se notifica la providencia que lo tiene por gestor???????
Espero sus comentarios y saludos
