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 #533608  por fedecutral
 
Estimados, la consulta es la siguiente:
Los sesenta días para ratificar la gestión procesal, concretamente desde cuándo se cuentan?? Tengo tres opciones:
- desde la fecha de cargo del escrito que invoca gestión
- desde la fecha de la providencia que lo tiene por gestor
- o desde que se notifica la providencia que lo tiene por gestor???????

Espero sus comentarios y saludos