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  • MALA PRAXIS LESIONES CAE EN SEDE PENAL

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 #522818  por carub
 
Hola estimados, les cuento que es el primer caso de este tipo que se me presenta. Mi clienta fue a tener familia y le hicieron cesárea por un problema en el corazon, en resumidas cuentas termino internada durante 3 meses con un ano contra natura durante 7 meses , una neumonía adquirida állí y una cicatriz enorme en el vientre ( no tiene ombligo). Se hizo denuncia en sede penal y luego de pedir la historia clinica hay un informe medico que dice que el hospital actuo bien de acuerdo al caso ( ya que ella tenia CIV cardiaco congenito) y la causa se archivo. Yo a mis clientes, si bien les dije que la accion civil dependía mucho de la penal, me resulta dificil decirles. Lo cierto es que me parece que no me conviene insistir con este tema porque no tengo mas elementos que los dichos de ella, las fotos y la cosa se podría darse vuelta y mi clienta podría ser demandada por daños por los ahora demandados, ( además quien me va a pagar?? ja- ja). Escucho sus valiosas opiniones...
Y ahora, independientemente de este caso, para aprender: si tubiera mas elementos y a pesar de no prosperar favorablemente una causa en sede penal, podría iniciarse en sede civil, como podría revertirse esto, si es que se puede. saludos y muchas gracias
 #523121  por romis_lm
 
YO LO QUE HAGO FRENTE A ESOS CASOS ES QUE LOS REVISE UN MEDICO LEGISTA, COBRAN MAS O MENOS 1000 Y TE DICEN SI ES VIABLE O NO INICIAR EL JUICIO POR MALA PRAXIS, NOSOTROS LOS ABOGADOS NO TENEMOS CONOCIMIENTO PARA SABER SI ES O NO VIABLE, ADEMAS CON ESA PERICIA VOS YA TE CUBRIS SI ES VIABLE LO AGARRAS Y SI NO LOS DESPACHAS, VA NOSOTRAS EN EL ESTUDIO NOS ANEJAMOS ASI.
SUERTE!!!
 #523170  por carub
 
Sí, me parece lógico. No tengo demasiada experiencia, pero lo que sí se me ocurrió decirles era que si en sede penal no prosperaba estaba complicado para intentar la accion civil, que no habia muchas posibilidades.
Lo del medico legista que me decís, está bueno, pero el cliente paga esta suma del medico? o como lo hacen?

Te agradezco mucho tu tiempo y tus sugerencias. saludos!!!!
 #523241  por doctorcito23
 
t dejo una cita espero te ayude
"La absolucion en sede penal del imputado no obsta la consideracion de la posible responsabilidad civil del mismo, pues no hace cosa juzgada respecto a la culpa del autor del hecho" CFed. Ros. Sala A. 20/05/86, Ferrocarriles argentinos c/ Rapel, Rafael.
 #523449  por enzo fernando costa
 
La sentencia en fuero penal no hace cosa juzgada en sede civil. En sede penal sólo se juzgan actos humanos ilícitos y tipificados en el código; en sede civil se juegan responsabilidades por incumplimiento contractual los más de los casos, y por actos ilícitos en la esfera aquiliana en un número bastante menor de ellos.
No necesariamente las pericias penales tienen que empecer la nueva peritación en sede civil; el encuadre en penal es típicamente médico-legista; en cambio, en sede civil debería serlo de auditoría de calidad. La diferencia, aunque sutil, es importantísima. Nuestros tribunales han sido un poco lentos en entenderlo, pero se va aggiornando el criterio, a medida que los países líderes van abriendo el camino con su jurisprudencia y doctrina.
Pero yendo a tu relato concreto, la verdad es que no es nada claro, y cuesta adivinar qué pasó. Yo andaría con tiento.