Hola, una vez más debo recurrir a su generosidad. Tengo varias dudas respecto de una consignacion de llaves en alquiler que inicié, voy por la actora, pcia Bs As. El demadado ya contestó asi: Se presenta, contesta demanda y ofrece prueba. Mi duda surge cuando leyendo la contestación me encuentro con la palabra RECONVINCENTE: debo entender que el demandado reconvino? es decir, en algunos tramos de la contestación manifiesta que el contrato continua vigente y que el actor le adeuda indemnizacion, etc. Pero al final no reclama específicamente un monto indemnizatorio. Mi otra duda es: Debo contestar :Actora contesta traslado y reconvencion? o Solo: Actora contesta traslado?, Debo negar puntualmente cada afirmación que hace la demandada o sólo negar genéricamente? dado que ya adjunté toda la prueba en el 1° escrito, ya no tengo docum. para agregar. Es así, o ya en este paso debo contestar sólo para cumplir el paso procesal, y dejar que en la etapa de la prueba se desarrolle todo? Qué es más conveniente según su experiencia, aqui debo explayarme con jurisp. etc. y negar todo desarrollando más los hechos o no?
Disculpen tantas preguntas, pero realmente no tengo experiencia sobre esto.
Espero sus consejos. Muchas gracias desde ya.
Disculpen tantas preguntas, pero realmente no tengo experiencia sobre esto.
Espero sus consejos. Muchas gracias desde ya.


