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  • Desalojo. Es el mecanismo?

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 #517377  por nidia
 
Hola, miren esta es mi consulta, vino un señor con el siguiente tema: hace cinco años atras el Sr. tuvo que partir de su casa por cuestiones laborales, la hermana en ese momento estaba sin un lugar, entonces pactaron que ella se quedara en la casa de él, ya que el se mudaria y de paso la cuidaba. El terreno es amplio, la casa se halla delante teniendo un extenso fondo. Por diversas circunstancias el año pasado el señor regresa y se encuentra para su sorpresa que la hermana habia constrido, en forma precaria una cosinita baño y dormitorio en el fondo de su casa, y se rehusa de abandonar el lugar. De mas esta decir que la convivencia es intolerable. La hermana dice que no se va porque no tiene donde. La Sra tiene dos hijos y un marido. Cabe agregar que el Sr., mi consultante tiene un boleto de compra venta pero no ha escriturado. Dice no tener dinero para afrontar una juicio. Mi consulta es la siguiente, puede hacer algo? Quizas con unas cartas documentos pueda bastar para asustarlos y persuadirlo a que se vayan?. Y para sumarle problemas la hermana mayor del señor, compro un sitio al lado de el de él y le ha corrido la medianera 75 cm. adentro de su sitio? que piensan debo tambien mandar carta documento.
desde ya muchas gracias por cualquier ayuda que me puedan brindar.
 #517405  por camposalberto81
 
Hola Nidia. En mi criterio Ud. no debería asumir la responsabilidad de "hacer algo" por su cliente, cuando ese "algo" no es todo lo que se debería hacer en el caso particular. Si su cliente no puede afrontar un juicio, hay medios vg. patrocinio gratuito, que le van a permitir hacerlo y, al abogado patrocinante, tener las armas concretas que el caso amerita. No olvide que lo que Ud haga (y, obviamente) lo que no haga la pueden comprometer profesionalmente (en el caso, por ejemplo, por mala praxis). En última instancia, si Ud. prefiere enviar al comodatario una CD intimando la entrega del bien, sin el proyecto serio de continuar con el consiguiente juicio de desalojo, ponga todo ello por escrito incluyendo su recomendación de iniciar el desalojo por vencimiento de comodato si no hacen caso a la intimación cursada a través de la CD, y hágase firmar una copia por su cliente.

Permítame opinar que el ejercicio del patrocinio y la evacuación de consultas pueden comprometer nuestra responsabilidad. Considero que la actividad profesional de la abogacía debe ejercerse, en la actualidad, con una total falta de flexibilidad: o se adecua a los medios y formas que deben aplicarse al caso o desistir del patrocinio. Y si nuestro cliente no posee los medios para una adecuada defensa de sus derechos, indicarle el camino del patrocinio jurídico gratuito.

Suerte Nidia.
 #517655  por nidia
 
Dr. Campos le estoy muy agredecida por su respuesta, a sido más que clara y sabia, seguire su consejo.
De verdad muchas gracias, pues a veces la inexperiencia hace que uno se equivo que en el enfoque.