Estimados la consulta es la siguiente:
Mi cliente vino con un TL que le envió al empleador en la cual comienza diciendo.. Ante despido verbal ocurrido xx/xx/xx... reclama varios rubros indemnizatorios, ... todo ello bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su culpa. Intima a plazo de 48 hs. a que registre la relación laboral en los términos de los arts. 7 y 11 Ley 24.013 bajo apercib. de los dispuesto en los arts. 8 y 15 misma normativa y de DENUNCIARLO ANTE AFIP. Asimismo esta CD sirve de intimación el los términos de la ley 25323. Además consigna real fecha de ingreso, salario, categoria etc.
El TL fue respondido por el empleador negando cualquier tipo de vinculación laboral con mi cliente.-
CONSULTAS
1) Si en el TL redactada por mi cliente se denunció el despido verbal, las multas consignadas en la Ley de empleo tienen plena vigencia?
2) El intercambio telegráfico se dió en el mes de enero, y como queda expuesto en el texto de la CD transcripta, sólo se intimó al empleador a denunciarlo ante la AFIP pero ello no se llevo a cabo aun. Se puede cursar una nueva intimación y esta vez cumplimentar con ello o ya no tiene validez?
3) La jurisdicción que corresponde es la de los tribunales de la matanza, tengo entendido qeu no hay instancia previa conciliatoria, directamente se interpone la demanda?
Desde ya muchas gracias colegas, espero respuestas
Mi cliente vino con un TL que le envió al empleador en la cual comienza diciendo.. Ante despido verbal ocurrido xx/xx/xx... reclama varios rubros indemnizatorios, ... todo ello bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su culpa. Intima a plazo de 48 hs. a que registre la relación laboral en los términos de los arts. 7 y 11 Ley 24.013 bajo apercib. de los dispuesto en los arts. 8 y 15 misma normativa y de DENUNCIARLO ANTE AFIP. Asimismo esta CD sirve de intimación el los términos de la ley 25323. Además consigna real fecha de ingreso, salario, categoria etc.
El TL fue respondido por el empleador negando cualquier tipo de vinculación laboral con mi cliente.-
CONSULTAS
1) Si en el TL redactada por mi cliente se denunció el despido verbal, las multas consignadas en la Ley de empleo tienen plena vigencia?
2) El intercambio telegráfico se dió en el mes de enero, y como queda expuesto en el texto de la CD transcripta, sólo se intimó al empleador a denunciarlo ante la AFIP pero ello no se llevo a cabo aun. Se puede cursar una nueva intimación y esta vez cumplimentar con ello o ya no tiene validez?
3) La jurisdicción que corresponde es la de los tribunales de la matanza, tengo entendido qeu no hay instancia previa conciliatoria, directamente se interpone la demanda?
Desde ya muchas gracias colegas, espero respuestas
