Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Invalidez por AFJP - Haber inferior al mínimo

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #495393  por Hermi
 
Estimados

Tengo una duda importante sobre un cliente que, habiéndo obtenido el retiro por invalidez durante la existencia del régimen de capitalización cobraba en concepto de haber $383. Luego del traspaso su haber aumentó a la mínima pero sólo por unos meses ya que en julio del año pasado volvieron a pagarle un monto inferior (unos $400)
Desconcertados iniciamos reclamo por Beneficiarios y nos contestan que en virtud del art. 4 de la Ley 26425 no correspondía a la ANSeS afrontar el gasto para llegar a garantizar el haber mínimo (Texto del art: Las beneficios de jubilación ordinaria, retiro por invalidez y pensión por fallecimiento que, a la fecha de vigencia de la presente, sean liquidados por las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones bajo las modalidades de retiro programado o retiro fraccionario serán pagados por el régimen previsional público. El importe de las prestaciones de los actuales beneficiarios de las prestaciones por invalidez, pensión y jubilación ordinaria del régimen de capitalización será valorizado conforme el valor cuota más alto vigente entre el 1° de enero de 2008 y el 30 de septiembre de 2008. Estas prestaciones en lo sucesivo tendrán la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley 24.241 y sus modificatorias.)

Esto es así? no existe un decreto o normativa que garantiza el haber mínimo por parte del Estado? No encuentro suficiente fundamento pero tengo intenciones de recurrir ante la CARSS...escucho comentarios!!!

Gracias!!!
 #495395  por noelin
 
faltan datos para opinar, cuando planteen alguna duda, pidanle a su cliente q les acompañe lo q tenga en su poder, ademas, agreguen datos, pq no es lo mismo q haya nacido antes o despues de 1963 en este caso, si teien renta previsional, de una compañia de seguros, quien le pagaba el haber antes de 2008, etc.
 #495598  por JorgeUrquiza
 
A los beneficiarios de Jubilaciones y Pensiones Privadas.
Todos aquellos que perciben una Renta Vitalicia Previsional de una Compañía de Seguros de Retiro, y ven que jamás les son actualizados sus haberes, y cobran siempre lo mismo, defraudados por las Cía. De Seguro de Retiro y olvidados por el Estado y el Anses, están ahora en condiciones de reclamar esas actualizaciones que les corresponden por ley, mediante un trámite bastante sencillo.
La Ley de Defensa del Consumidor es una herramienta idónea para defender esas Rentas Vitalicias Previsionales de manera totalmente gratuita.
No permitan que se burlen de Uds., al verlos desvalidos o en condición desventajosa, debido a la edad o la pérdida de un ser querido, como lo hacen.
En mi blog, http://bloguay.com/rentavitaliciaprevisional/, pueden ver cómo hacerlo, y quedo a vuestra disposición. No soy abogado, solo soy un beneficiario defraudado, al igual que uds.
Jorge Urquiza – PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com – 03442-427512