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  • Reajuste rechazado por cuestión formal

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #495041  por emilu
 
Hola foristas!

Les cuento que la UDAI Azul me rechazó un reclamo de reajuste porque "en la carta poder sólo se encuentra certificada la firma del poderdante y no la del apoderado, además el poder es acompañado en fotocopia simple y no legalizada por ninguna autoridad".

No me extraña que asi sea ya que cuando tomo vista en el expediente de jubilación presento el poder original y en el escrito de reajuste presentaba fotocopia del mismo, haciendo referencia a que el poder original se encontraba en el expte. principal.

Bueno, mas alla del error en el que haya incurrido, quiero saber si el rechazo por una cuestión formal agota la via administrativa. Leo el art. 23 inc. b) de la ley 19.549 y me parece que si, pero necesito de su confirmación!!

Gracias!
 #495835  por emilu
 
Gracias Margot por la respuesta.
Tendría que iniciarlo de cero en ANSeS??
Para que casos rige entonces el art. 23 inc. b)??
 #496463  por andrea1982
 
No, imaginate que si fuese así todo el mundo presentaría los reclamos administrativos con errores para que se lo recharazan por cuestiones formales...Sin perjuicio del informalismo a favor del administrado.
El art. 23 de la ley de procedimientos habla de cuando se agota la via en los actos administrativos particulares, el inciso al que vos hacés referencia habla de la imposibilidad de continuar, por ejemplo, con un trámite, pero sin que se haya decido aún la cuestión de fondo.
En este caso, la administración debería haber impedido, por su propia culpa, la tramitación del reclama administrativo de reajuste, sin decidir sobre el fondo de la cuestión, para que estuviese agotada la via.