Un SR. se divorció sin realizar la separación de bienes. Años después la Sra. fallece. Puede el Sr. inciar la sucesion por el 50% de los bienes gananciales?? Gracias.
ernestoc escribió:Un SR. se divorció sin realizar la separación de bienes. Años después la Sra. fallece. Puede el Sr. inciar la sucesion por el 50% de los bienes gananciales??Los cónyuges recuperarán su aptitud nupcial y cesará la vocación hereditaria recíproca conforme a lo dispuesto en el artículo 3574, último párrafo. (Ley 23.515).
No está legitimado para hacerlo.
Gracias.

