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 #493131  por rominna
 
Hola a todos! les hago una consultita a ver si me pueden ayudar: hay una sucesion con declaratoria de herederos a favor de colaterales del difunto; todos esos herederos cedieron sus partes a uno de ellos. Ahora apareció un nuevo heredero (tambien colateral) que solicita su inclusion en la DH. La pregunta es: qué acción/es tiene contra el heredero-cesionario para participar de los bienes si éste ya lo transfirió a su nombre????
Gracias! espero sus opiniones.-
 #493565  por rominna
 
Abogado 1987: puedo intentar la accion de peticion de herencia aunque el cliente no sea un heredero forzoso? ya que es colateral del mismo grado que el resto de los heredero declarados. Y si el inmueble aun no se tranfirió a su nombre? la acción es la misma?
Gracias!
 #493584  por abogado_1987
 
rominna escribió:Abogado 1987: puedo intentar la accion de peticion de herencia aunque el cliente no sea un heredero forzoso? ya que es colateral del mismo grado que el resto de los heredero declarados. Y si el inmueble aun no se tranfirió a su nombre? la acción es la misma?
Gracias!
Rominna, podés aclarar? ... Y si el inmueble aun no se tranfirió a su nombre?
 #494763  por rominna
 
Aclaro: mi duda recaía en el caso de que estuviera transferiido el inmueble al cesionario, ya que si no lo está, solicito la ampliacion de la DH y ¿puede pedir que inter tanto se modifica la sentencia no se transfiera????
Espero haber aclarado! Gracias!!!!
 #494764  por rominna
 
pD: el inmueble del que hablo es parte del acervo hereditario, si? la pregunta es qué sucede si el mismo ya se transfirió a nombre del heredero-cesionario y no esta mas a nombre de la causante.
espero haber aclarado, gracias!
 #494884  por abogado_1987
 
rominna escribió:pD: el inmueble del que hablo es parte del acervo hereditario, si? la pregunta es qué sucede si el mismo ya se transfirió a nombre del heredero-cesionario y no esta mas a nombre de la causante.
espero haber aclarado, gracias!
rominna, tené presente ...

“… Hemos dicho que la acción de petición de herencia busca la restitución de los bienes hereditarios, sobre la base del reconocimiento de la calidad de heredero.

Cuando en la petición de herencia el actor procura la restitución de los bienes, se funda en la titularidad —la de heredero— que tiene sobre ellos; en forma similar, cuando en la acción reivindicatoria el actor persigue la entrega de la cosa, se funda en su titularidad de propietario de ella.

En la petición de herencia, el actor debe probar, por eso, su carácter de heredero, en tanto que en la acción reivindicatoria debe probar su carácter de propietario.

La acción de petición de herencia, al proteger la titularidad del heredero sobre los bienes de la herencia, permitiendo obtener su restitución, es dirigida contra cualquiera que tenga la posesión de tales bienes; es, por eso, una acción absoluta y ejercibIe erga omnes.

Si estrictamente no podemos calificarla de real, porque no tiene como presupuesto un derecho real, tiene un mecanismo similar a las acciones reales, en especial la acción reivindicatoria…” Pág. 260
ACCIONES JUDICIALES EN EL DERECHO SUCESORIO
JOSÉ LUIS PÉREZ LASALA. GRACIELA MEDINA
 #494900  por rominna
 
Gracias abogado 1987!!!!! justamente es ese el libro que estoy leyendo, pero quería confirmar que en la práctica (que es lo que me falta) se hace así: solicito la ampliacion de la DH y luego veo si el inmueble está o transferido a nombre del cesionario y luego prosigo, verdad? es como para esquematizar bien los pasos a seguir.
Te repito las gracias por tus respuestas rápidas y tu atención siempre cordial.
 #495101  por abogado_1987
 
rominna escribió:Gracias abogado 1987!!!!! justamente es ese el libro que estoy leyendo, pero quería confirmar que en la práctica (que es lo que me falta) se hace así: solicito la ampliacion de la DH y luego veo si el inmueble está o transferido a nombre del cesionario y luego prosigo, verdad? es como para esquematizar bien los pasos a seguir.
Te repito las gracias por tus respuestas rápidas y tu atención siempre cordial.
rominna, interpreto que solicitaría ampliatoria de la DH ...

Art. 703. - La declaratoria de herederos podrá ser ampliada por el juez en cualquier estado del proceso, a petición de parte legítima, si correspondiere.
CPCCN

y verificaría si el inmueble fue transferido o no, posibilidad de acordar con los otros herederos su adjudicación, etc

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