Hola a todos, les cuento que vino al estudio un cliente que necesita iniciar la sucesión de su cónyuge. Una de sus hijas vive en Argentina y la otra en Alemania. Ahora bien, me consultó sobre la posibilidad de que su hija lo apodere mediante un poder otorgado en el extranjero, no sólo para que lo represente en el sucesorio, sino para cualquier acto de adm. y disposición. La pregunta es la siguiente: que tipo de poder debe otorgarle el poderdante que vive en el extranjero? un poder amplio de adm. y disposición? Puede presentarse en el sucesorio en representación de su hija con dicho poder?, en tal caso si alguien me puede pasar un modelo que incluya tales facultades. A fin de mes viaja a ver a su hija y la idea es que se lleve un escrito con el texto del poder para su otorgamiento en Alemania.
mil gracias...!!!
pablovalle
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pablovalle
