Demanda de Accidente de transito en capital, por el demandado. Notificaron el primer auto para contestar demanda.
El tema es que dice "una vez trabada la litis notifiquese a la aseguradora", y aqui vienen mis dudas: Tengo que contestar yo y la cia despues. Yo como abogado del demandado que hago? Contesto; me comunico con la cia de seguros; que debo hacer ya que ambas contestaciones deben ser coincidentes?
Siempre tuve casos por la parte actora y se ordena el traslado a los dos (demandada y cia de seguros), de manera que uno contesta y el otro adhiere a esa contestacion. Aqui es diferente, yo deberia contestar primero.
Escucho opiniones, consejos y sugerencias. Muchas gracias.
El tema es que dice "una vez trabada la litis notifiquese a la aseguradora", y aqui vienen mis dudas: Tengo que contestar yo y la cia despues. Yo como abogado del demandado que hago? Contesto; me comunico con la cia de seguros; que debo hacer ya que ambas contestaciones deben ser coincidentes?
Siempre tuve casos por la parte actora y se ordena el traslado a los dos (demandada y cia de seguros), de manera que uno contesta y el otro adhiere a esa contestacion. Aqui es diferente, yo deberia contestar primero.
Escucho opiniones, consejos y sugerencias. Muchas gracias.
