Buen día, aquí estoy nuevamente con mis dudas de novata. Tengo un propietario que quiere alquilar un departamento para vivienda y. el inquilino que me pesenta no tiene garantía propietaria y ofrece a cambio pagar el primer año de la locación completo a la firma a la firma del contrato.La pregunta es: se puede hacer esto ?? si la Ley 23091 dice que no podrá requerirse del locatario el pago de alquileres anticipados y la misma ley en su artículo 6º , ubicado en el capítulo destinado a las locaciones con fines de vivienda establece que el precio deberá ser fijado en pagos que correspondan a períodos mensuales.????
Podría hecer esto? y en todo caso, cómo sería la cláusula del precio?.Muchas gracias, otra vez con las de prinipiantes. Saludos , Catalina
Podría hecer esto? y en todo caso, cómo sería la cláusula del precio?.Muchas gracias, otra vez con las de prinipiantes. Saludos , Catalina
Saludos
Catalina
Catalina
