Llega un cliente al estudio con un caso de extraccion de dinero de cajero automático con tarjeta melliza. Ya se hizo el reclamo en Defensa del Consumidor y el banco se libera de culpas diciendo que en ningun momento se denuncio el extravio de la tarjeta ni hubo inhabilitación alguna y bla, bla, bla...
Pedimos las filmaciones y se ve que no fue mi cliente, quien tb presentó certificados de trabajo donde se acredita que el susodicho estuvo en ese momento cumpliendo su horario .. A pesar de todo , el bendito banco, por supuesto niega su responsabilidad en el hecho... Pero bueno. Vamos a ir por la via judicial y aqui viene mi duda..
Estuve buscando fallos y en todos veo que la materia seria
..........c/Banco.... s/ORDINARIO.
Qué es ordinario???
Porque no DAÑOS Y PERJUICIOS?
Muchas gracias por la lectura y por la ayuda a quien pueda postearme algo sobre esto.
Rosana.
Pedimos las filmaciones y se ve que no fue mi cliente, quien tb presentó certificados de trabajo donde se acredita que el susodicho estuvo en ese momento cumpliendo su horario .. A pesar de todo , el bendito banco, por supuesto niega su responsabilidad en el hecho... Pero bueno. Vamos a ir por la via judicial y aqui viene mi duda..
Estuve buscando fallos y en todos veo que la materia seria
..........c/Banco.... s/ORDINARIO.
Qué es ordinario???
Porque no DAÑOS Y PERJUICIOS?
Muchas gracias por la lectura y por la ayuda a quien pueda postearme algo sobre esto.
Rosana.
