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  • CAUSA DE PURO DERECHO

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 #429392  por Lic
 
En un juicio que sigo por escrituracion, ya obtuve la Rebeldia del demandado, que ya esta firme; solicite se declare la causa de puro derecho y al notificarlo (por cedula porque asi lo exige el ar. 135 del CPCC) esta vuelve con resultado negativo (el demandado saco la chapa del frente). Solicito se libre nueva cedula bajo responsabilidad de la parte actora (y no es la unica ya que tambien diligencie oficio policial de constatacion de domicilio, con resultado positivo) describiendo las caracteristicas del domicilio del demandao, para notificar la causa como de puro derecho, y el juzgado me dice: "atento encontrarse firme la rebeldia y de ser necesario librese nueva cedula" ¿que quieren decir con "de ser necesario"? ¿La declaracion de la causa como de puro derecho no se notifica por cedula? ¿o por nota? Por favor podrian ayudarme, Gracias.
 #429564  por sole10
 
Pregunto:Cuando solicitastes se declare la cuestión de puro derecho,ésta ¿Se proveyó?,porque de ser así,se notifica por cédula.
Entiendo,humildemente,es que tenes que volver a notificar la providencia,ya que la/s notificación/es fracasaron.
Si te entendí mal,correguime.
 #429660  por Lic
 
Si tal cual, la causa fue declarada de puro derecho, lo que me llama la atencion es que el juzgado dice "estando firme la rebeldia, librese nueva cedula ¿de entenderlo necesario?" si si o si debe hacerse por cedula!
sole10 escribió:Pregunto:Cuando solicitastes se declare la cuestión de puro derecho,ésta ¿Se proveyó?,porque de ser así,se notifica por cédula.
Entiendo,humildemente,es que tenes que volver a notificar la providencia,ya que la/s notificación/es fracasaron.
Si te entendí mal,correguime.
 #429728  por sole10
 
Lo que yo haría es volver a solicitar se libre cédula bajo responsabilidad atento el resultado del oficio policial glosado a fs....,me parece que no tomaron cuenta de eso en el juzgado;ya que,por lo que entendí,la cédula que vino de vuelta fue,precisamente,la que declara la cuestión de puro derecho.