Hola foristas, necesito plantear una caducidad pero no se desde donde contar el plazo de tres meses.
Es así yo voy por la demandada, que ante una resolucion del juez planteo una revocatoria con apelacion en subsidio en diciembre de 2008.Me rechazan la revocatoria conceden aopelacion ordenan trslado ala actora del recurso. Se presenta su abogado invicando el 48 del C.P.C.C.En virtud de ello el juez ordena que se elleven a la camara las actuaciones.
Aún día de la fecha no se elevó, ( yo no hice nada para ello, porque es mi intención dilatar el rpoceso, dado que mi cliente está hasta las manos..se presentó en rebeldia...ectc...).-
Actualmnete advierto que el abogado no ratificó o acreditó poder conforme al 48. pido la nulidad en virtudd de ello, previo traslado -que tampoco s epresentan- decretan la nulidad de la contestación del recurso de apelación.
Por lo que aprecio, la contraria dejó,pagando a su abogado -muy prestigioso en la zona-.El Juz ordenó la nulidad, conforme lo peticionado.
Entonces viendo este hueco quiero plantear la caducidad de instancia.
¿¿DEBO DESISTIR AL RECURSO?? EN SU CASO, SI DECLARA LA NULIDAD DE LA CONTESTACION ¿¿DESDE CUANDO CORRE LA CADUCIDAD??
Es así yo voy por la demandada, que ante una resolucion del juez planteo una revocatoria con apelacion en subsidio en diciembre de 2008.Me rechazan la revocatoria conceden aopelacion ordenan trslado ala actora del recurso. Se presenta su abogado invicando el 48 del C.P.C.C.En virtud de ello el juez ordena que se elleven a la camara las actuaciones.
Aún día de la fecha no se elevó, ( yo no hice nada para ello, porque es mi intención dilatar el rpoceso, dado que mi cliente está hasta las manos..se presentó en rebeldia...ectc...).-
Actualmnete advierto que el abogado no ratificó o acreditó poder conforme al 48. pido la nulidad en virtudd de ello, previo traslado -que tampoco s epresentan- decretan la nulidad de la contestación del recurso de apelación.
Por lo que aprecio, la contraria dejó,pagando a su abogado -muy prestigioso en la zona-.El Juz ordenó la nulidad, conforme lo peticionado.
Entonces viendo este hueco quiero plantear la caducidad de instancia.
¿¿DEBO DESISTIR AL RECURSO?? EN SU CASO, SI DECLARA LA NULIDAD DE LA CONTESTACION ¿¿DESDE CUANDO CORRE LA CADUCIDAD??
