Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HIPOTECA

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #415063  por gou549
 
Estimados: tengo un caso para comentar y solicitar consejo.

Estado de situación.
Una pareja no casada, adquiere una propiedad constituyendo sobre la misma una hipoteca, figurando en el título ambos como propietarios en idénticas proporciones (50%).
Producida la separación, uno de ellos continúa habitando el inmueble, no aceptando del otro suma alguna para el pago de la hipoteca, con el claro propósito de hacer valer dicha circunstancia en su momento para intentar quedarse con la totalidad del bien.

Quien no vive en la casa, tiene voluntad de pagar el 50% de la cuota de la hipoteca, ya que tiene interes en mantener sus derechos sobre la propiedad, pero la única forma de hacerlo es dandole el 50% de la cuota a su ex pareja, sin tener garantía alguna que la misma vaya a abonar la hipoteca.

Entiendo que el no pago de la hipoteca no implica la pérdida de la titularidad del bien, dandole solo a la otra parte derecho de repetir lo pagado en su justa proporción contra el incumplidor.
Así las cosas, la consulta es la siguiente.

Procedo a la consignación judicial del 50% de la cuota de la hipoteca, o bien dejo de abonar, guardo el dinero y espero a la intimación de la otra parte para que abone el 50% de la deuda, asegurándome de esta forma, que esa persona abone las cuotas de la hipoteca?

Desde ya, muchas gracias por sus comentarios
 #415434  por fede7801
 
Interesante tu caso.
Mi opinión es la siguiente: aunque la contraria pague toda la hipoteca de su bolsillo y tu cliente no ponga un peso, al momento de vender el inmueble va a necesitar la firma de tu cliente. La hipoteca es un derecho real de garantía, no constituye el dominio de la cosa. Por ello no importa quien pague la hipoteca lo que importa es quien es el titular dominial del inmueble y en tu caso tu cliente tiene el 50%.-
Mi consejo es que no consigne. A lo sumo que averigue en el banco si la cuota de la hipoteca se esta pagando de forma completa y periodicamente y que no se encuentra en mora.
Exitos,
 #416415  por pompona
 
Hola: fijate si tu cliente no tiene derecho a que le abonen canon locativo (alquiler) por el uso que hace el que ocupa de su 50% indiviso. Me parece que aparte de los buenos consejos que te han dado, si el ocupante está abonando la totalidad de la hipoteca, si ella intima por alquileres mediante carta documento, cuando llegue el momento de sub-dividir el condominio va a tener a su favor la compensación.
Es una idea, de todos modos espera otras respuestas.