Hola foristas, quería hacerles una consulta sobre una duda que se me ha presentado.
Estoy resolviendo una pensión la cual debo ir por los 30 años, tiene inscripción como autónomo. En este caso, se puede aplicar el beneficio establecido en el Art. 3 ley 24476 o se debe llegar a los 30 años sin aplicar beneficios?.
Si mal no recuerdo hay una Resolución de la CARSS en la cual determinó que para aquellos que no tienen inscripción en autónomos no pueden aplicar ningún beneficio, es decir que deben estar pagos los 30 años, pero se me presentó la duda en aquellos casos en que tienen inscripción en autónomos.
Muchas gracias.
Estoy resolviendo una pensión la cual debo ir por los 30 años, tiene inscripción como autónomo. En este caso, se puede aplicar el beneficio establecido en el Art. 3 ley 24476 o se debe llegar a los 30 años sin aplicar beneficios?.
Si mal no recuerdo hay una Resolución de la CARSS en la cual determinó que para aquellos que no tienen inscripción en autónomos no pueden aplicar ningún beneficio, es decir que deben estar pagos los 30 años, pero se me presentó la duda en aquellos casos en que tienen inscripción en autónomos.
Muchas gracias.
