Colegas :
Quería me ayuden a aclarar algunas ideas respecto a una sucesión en provincia :
1- Luego de la declaratoria , pagando tasa, sobretasa , aportes s/ honorarios se puede inscribir el bien inmueble a nombre de los herederos , sin intervención de escribano no? Quedando un condominio entre estos y asentado en el registro por el oficio ?
2- Si es correcto, luego de inscripto , si quieren vender , se hace normalmente en una escribania , donde se traspasa la titularidad de los herederos al nuevo comprador. No?
3- Saben cual es el tiempo de validez de el oficio para inscribir la declaratoria?
Gracias Amigos.
Quería me ayuden a aclarar algunas ideas respecto a una sucesión en provincia :
1- Luego de la declaratoria , pagando tasa, sobretasa , aportes s/ honorarios se puede inscribir el bien inmueble a nombre de los herederos , sin intervención de escribano no? Quedando un condominio entre estos y asentado en el registro por el oficio ?
2- Si es correcto, luego de inscripto , si quieren vender , se hace normalmente en una escribania , donde se traspasa la titularidad de los herederos al nuevo comprador. No?
3- Saben cual es el tiempo de validez de el oficio para inscribir la declaratoria?
Gracias Amigos.
