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  • medida cautelar de embargo

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 #377065  por moni_yapu
 
Buenas tardes,

Necesito ayuda!!!!! inicie un juicio ejecucion de alquileres y en el despacho dice:

"A los fines de la medida cautelar solicitada cúmplase con lo normado en el art. 209 inc. 2ø del CPCCN.-"

Artículo 209. Podrá pedir embargo preventivo el acreedor de deuda en dinero o en especie que se hallare en alguna de las condiciones siguientes: 2º) Que la existencia del crédito esté demostrada con instrumento público o privado atribuido al deudor, abonada la firma por información sumaria de dos testigos.

Que tengo que hacer!!!!! NO ENTIENDO!!!!! Me pueden traducir?

MUCHAS GRACIAS!!!! :|
 #377096  por abogado1987
 
moni_yapu escribió:Buenas tardes,

Necesito ayuda!!!!! inicie un juicio ejecucion de alquileres y en el despacho dice:

"A los fines de la medida cautelar solicitada cúmplase con lo normado en el art. 209 inc. 2ø del CPCCN.-"

Moni, el mismo art. lo aclara ...
Artículo 209. Podrá pedir embargo preventivo el acreedor de deuda en dinero o en especie que se hallare en alguna de las condiciones siguientes: 2º) Que la existencia del crédito esté demostrada con instrumento público o privado atribuido al deudor, abonada la firma por información sumaria de dos testigos.

para que proceda el embargo preventivo el contrato de locación en instrumento público o información sumaria con dos testigos que manifiesten que la firma en el contrato de locación es del deudor/es ...

Que tengo que hacer!!!!! NO ENTIENDO!!!!! Me pueden traducir?

MUCHAS GRACIAS!!!! :|
 #377125  por moni_yapu
 
Hola, es lo que me imaginaba, gracias!!!!! se puede tomar como testigos personal de la inmobiliaria? a la novia?
El deudor esta desaparecido y no devuelve llamados ni las llaves y adeuda bastante, por eso el juicio. El contrato se realiza por inmobiliaria, es dificil encontrar dos personas q puedan afirmar que la firma del deudor es la que figura en el documento. Gente que corrobore la firma del actor no hay problema, pero del deudor...
 #377332  por abogado1987
 
moni_yapu escribió:Hola, es lo que me imaginaba, gracias!!!!! se puede tomar como testigos personal de la inmobiliaria? a la novia?
El deudor esta desaparecido y no devuelve llamados ni las llaves y adeuda bastante, por eso el juicio. El contrato se realiza por inmobiliaria, es dificil encontrar dos personas q puedan afirmar que la firma del deudor es la que figura en el documento. Gente que corrobore la firma del actor no hay problema, pero del deudor...
Moni, tené presente que ...

" ... No se exige como imprescindible que los declarantes hayan estado presente
durante el hecho de la firma, vale decir, que hayan visto suscribir el documento,
siendo bastante que declaren conocer su firma y den razón suficiente del dicho ..."

(Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires, comentado, anotado, y concordado, legislación complementaria, pag. 267 ,por Carlos Eduardo Fenochietto)