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 #376880  por sff
 
Buenas Tardes! podrian aclararme una duda que se me presento. En el caso de que una persona pague un mes de alquiler por ejemplo junio, pero no pague abril ni mayo, se le pude extender un recibo por el mes que pago pero igualmente se lo puede intimar para que pague los restantes meses con sus correspondientes intereses.? es decir el hecho de que se tenga el recibo del ultimo mes pagado no hace presumir que todos esten pagados? es asi, si es asi como se puede poner en el recibo para que se entienda hay dos meses que no estan pagos. por favor me ayudan gracias. ff
 #376909  por Naty08
 
Creo que el recibo que le tenes que hacer es por el ultimo mes adeudado, es decir abril, no por mayo ni por junio
 #376918  por Mordisco
 
Apoyo la opinion de la colega y agrego, primero el pago imputalo a los interes y lo que sobra como pago parcial de ese mes
 #376920  por Mordisco
 
Trata siempre de amortizar primero LOS INTERESES, y por último el capital.
 #377016  por sff
 
gracias