Buenas Tardes! podrian aclararme una duda que se me presento. En el caso de que una persona pague un mes de alquiler por ejemplo junio, pero no pague abril ni mayo, se le pude extender un recibo por el mes que pago pero igualmente se lo puede intimar para que pague los restantes meses con sus correspondientes intereses.? es decir el hecho de que se tenga el recibo del ultimo mes pagado no hace presumir que todos esten pagados? es asi, si es asi como se puede poner en el recibo para que se entienda hay dos meses que no estan pagos. por favor me ayudan gracias. ff
