Me pueden decir cual es la ley que permite a una jubilada ( jubilacion de ama de casa) acceder tambien a una pension por su concubino fallecido. (tuvieron varios hijos, y él nunca se registro en la Afip). Para mi no le corresponde, pero esta mujer me asegura que una vecina de ella tiene una situacion parecida cobra dicha pension? Yo tenia entendido que no se podia, por que no se podia estar en dos moratorias a la vez? estoy errado?
gracias a quien pueda aclararme algo...
gracias a quien pueda aclararme algo...
Hay un remedio para las culpas...RECONOCERLAS!!!
