Hola, quisiera hacer una consulta para una persona nacida en el año 48 y que se quiere jubilar, que debe comprar años a partir del año 66 (cuando cumplio 18) cumpliria los 30 años requeridos al 96 y me dicen en anses que debe comprar en efectivo los años a partir del 93. Esta persona nunca aporto pero yo confundido le puse como declaracion jurada y me informan que solo es aplicable si la persona tiene cese real hasta el 93. El tema es que esta persona nunca estuvo inscripta ni aporto.
No existe para Sicam algun beneficio que se pueda aplicar por esos períodos asi no los compra en efectivo?
La persona nacio el mes de mayo del 48 (tengo 6 meses por exceso de edad pero me faltaria algo mas...)
No existe para Sicam algun beneficio que se pueda aplicar por esos períodos asi no los compra en efectivo?
La persona nacio el mes de mayo del 48 (tengo 6 meses por exceso de edad pero me faltaria algo mas...)
