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  • UNA VEZ FIRME INSCRÍBASE. CUÁNDO ?

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 #324424  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola a todos. Yo sé perfectamente que es una de las miles de lagunas que me quedaron de los años de facultad y que aún no soluciono. La palabra " firme " respecto de una sentencia me sigue creando dificultades. Y si llega a decir, además, " o ejecutoriada ", peor. Pero ya me dedicaré a aprender el tema. Lo que necesito saber urgente es si una sentencia de divorcio respecto de la cual ambos cónyuges se notificaron en conjunto y personalmente ( y ya se " tuvo presente " ), está " firme " y en condiciones de ser inscripta . Ah !, me olvidaba : La Defensora ( "en su despacho " ) cuándo se notifica ? En definitiva : ya puedo llevar el oficio de inscripción para confrontar, coño ? Muchas gracias, colegas. Y a estudiarrr... !
 #324469  por Doncella_de_Orleans
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Hola a todos. Yo sé perfectamente que es una de las miles de lagunas que me quedaron de los años de facultad y que aún no soluciono. La palabra " firme " respecto de una sentencia me sigue creando dificultades. Y si llega a decir, además, " o ejecutoriada ", peor. Pero ya me dedicaré a aprender el tema. Lo que necesito saber urgente es si una sentencia de divorcio respecto de la cual ambos cónyuges se notificaron en conjunto y personalmente ( y ya se " tuvo presente " ), está " firme " y en condiciones de ser inscripta . Ah !, me olvidaba : La Defensora ( "en su despacho " ) cuándo se notifica ? En definitiva : ya puedo llevar el oficio de inscripción para confrontar, coño ? Muchas gracias, colegas. Y a estudiarrr... !
En criollo, "firme" es que ya no puede ser apelada. Es decir, cuando pasó el plazo para apelar sin que lo hicieran.
Si se notificaron y venció el plazo para apelar, está firme.
Si dice, pase para notificación de la Defensora en su despacho, atras de eso vas a ver un sellito o algo que indique que entró a la defensora y si lo ves es porque está en el juzgado y si está en el juzgado es porque ya volvió entonces está notificada. Ahora si lo que tenés es el escrito notificándose y nada más, decile al que te atienda en la mesa que lo pase para notificar a la Defensora.
Cuando vuelva ya podés inscribir.
 #324483  por gaston ramiro gonzalez
 
Gracias. A ver si entendí. El plazo para que quede firme, en mi caso ( recordar que se notificaron personalmente ) comienza a correr desde esa notificación ? O por haberse notificado ( y consentido ), ya está firme ? Un saludo cordial, colega.
 #324485  por Doncella_de_Orleans
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Gracias. A ver si entendí. El plazo para que quede firme, en mi caso ( recordar que se notificaron personalmente ) comienza a correr desde esa notificación ? O por haberse notificado ( y consentido ), ya está firme ? Un saludo cordial, colega.

Ah! si en el escrito SE NOTIFICAN Y CONSIENTEN entonces ya está...FIRME!
Fijate lo de la Defensora y sale oficio!

Saludos!
 #324486  por Doncella_de_Orleans
 
Vos dijiste "sentencia de divorcio respecto de la cual ambos cónyuges se notificaron en conjunto y personalmente"...qué dice el escrito? Se notifican o Se notifican y consienten?

En el primer caso, en plazo, puede ser apelada.
En el segundo ya no.
 #336699  por docthos
 
una pregunta en cierta forma relacionada, me contactaron para inscribir un divorcio el tema es que el cliente solo tiene copia de sentencia, hay que pedir oficio y testimonio, como no intervine en el tramite del divorcio, tengo que pagar bono e ius? no puede pedirlo el al menos por defensoria para que le salga menos???? (yo me encargaria del tramite de inscripcion nada mas) si lo tienen en claro les agradezco es medio urgente el tema, saludos!