Hola foristas:
Tengo un autónomo que tiene el dictamen favorable de discapacidad. Es autónomo desde 12/2000 hasta 03/2007 que dejo de pagar porque en ese mes inicio la solicitud de RTI. Tiene todos los aportes en forma regular. Pero al estar pagados fuera del el día en que vencieron los pagos, (pero dentro del mes) todos los períodos estan con deuda de intereses.
Pregunta 1) ¿Es necesario pagar los intereses? En ese caso, ¿hay que esperar que impacten los pagos y liquidadr nuevo sicam?
Consulté a otro colega y me dijo que no pague nada, que presente así, aplique Dto 526 y sale con deuda. Como los períodos a computar tendran suma 0, se aplicará el mínimo de ley para el primer haber. ¿Eso es así? El no pago de interese, afectará a la regularidad?
¿Cual es la norma que regula estos casos?
Les agradeceré me ayuden.
Tengo un autónomo que tiene el dictamen favorable de discapacidad. Es autónomo desde 12/2000 hasta 03/2007 que dejo de pagar porque en ese mes inicio la solicitud de RTI. Tiene todos los aportes en forma regular. Pero al estar pagados fuera del el día en que vencieron los pagos, (pero dentro del mes) todos los períodos estan con deuda de intereses.
Pregunta 1) ¿Es necesario pagar los intereses? En ese caso, ¿hay que esperar que impacten los pagos y liquidadr nuevo sicam?
Consulté a otro colega y me dijo que no pague nada, que presente así, aplique Dto 526 y sale con deuda. Como los períodos a computar tendran suma 0, se aplicará el mínimo de ley para el primer haber. ¿Eso es así? El no pago de interese, afectará a la regularidad?
¿Cual es la norma que regula estos casos?
Les agradeceré me ayuden.
