Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INVALIDEZ - REGULARIDAD

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #263018  por mmmm
 
A ver si a alguien se le ocurre algo, una sra, tiene en relacion de dependencia 22 años, hasta el año 97, en el 96 comienza a tener graves problemas de salud, cesa en el 97 en ningun lado consta el motivo, tengo certificados de discapacidad y distintos certificados medicos de esa fecha, en donde costa que tenia 89% de discapacidad, pero nunca inicio la jubilacion por discapacidad por que no sabia, ya saque turno en Liniers, voy a intentar ingresarlo que me lo denieguen en todo caso y despues pruebo en la CARSS, estoy muy loca? aclaro que no tiene inscripcion autonomos y tiene 51 años, es decir no va a llegar a los 30 años
 #263452  por naty01
 
jaja...no estas loca, Anses te toma por lo gral desde la fecha de presentacion, asi q no tenes regularidad. pero en la carss te lo dan, te van a tomar desde el cese y en ese caso es regular con derecho
 #263535  por Andrea Passodomo
 
mmmm escribió:A ver si a alguien se le ocurre algo, una sra, tiene en relacion de dependencia 22 años, hasta el año 97, en el 96 comienza a tener graves problemas de salud, cesa en el 97 en ningun lado consta el motivo, tengo certificados de discapacidad y distintos certificados medicos de esa fecha, en donde costa que tenia 89% de discapacidad, pero nunca inicio la jubilacion por discapacidad por que no sabia, ya saque turno en Liniers, voy a intentar ingresarlo que me lo denieguen en todo caso y despues pruebo en la CARSS, estoy muy loca? aclaro que no tiene inscripcion autonomos y tiene 51 años, es decir no va a llegar a los 30 años

Nada de locuras .... el derecho es logica y tu logica es acertadisima !! Tenes miles de fallos de camara de seg social que reconocen la regularidad desde la fecha en que se incapacito . El sr o sra deja de trabajar justamente por su situacion de salud lo cual pedirle que genere aportes para tener la regularidad, cuando su salud lo ha sacado del sistema laboral, atenta contra la finalidad tuitiva del sistema previsional. No debe olvidarse el caracter alimentario de las prestaciones previsionales y el amplio criterio con el que la CSJN falla en estos temas , estando siempre a favor del afiliado en caso de duda en la interpretacion de normas previsionales.
Segui adelante y si la Carss no te lo da, lo ganas en Camara y ni hablar de Corte. Tenes miles de fallos.-
besoss a todos sin exclusion y con absoluta inclusion. andre.-
 #263665  por mmmm
 
GRACIAS A TODOS¡¡¡¡ HAN LEVANTADO MI AUTOESTIMA