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  • DESALOJO "contra Poseedor"

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 #244390  por cristina1
 
Tengo que contestar una demanda de desalojo.
En principio el actor demanda como propietario, cuando lo que acompaña es una cesión de derechos y acciones en el marco de la Ley General de la Vivienda.
En toda la demanda se habla de posesión y no de tenencia.
El derecho lo funda en el art. 676 CPCC (Provincia)
A la demandada la menciona como poseedora.
Menciona que el actor fue despojado de su posesión.
La tengo que contestar el martes, último día.
Espero opiniones, me parece que no puede prosperar.
Que les parece.Saludos
 #244399  por 123justicia
 
hay contrato de locacion?
no es necesario ser el titular del inmueble para poder realizar un contrato de locacion.-
el locador esta legitimado a iniciar juicio- :|
 #244415  por cristina1
 
Gracias por contestar.
NO hay contrato de locación.
La demandada es la concubina y su hija, la hija del actor.
Lo que hay es un acuerdo sobre tenencia, alimentos, en el que la demandada debera restituir el inmueble, el cual no esta homologado. Tampoco me parece que proceda si pide la homologación, en cuanto al desalojo, porque no hay contrato de locación.
Lo que veo es un desconocimiento de la diferencia entre posesión y tenencia por parte del abogado que redacto la demanda, toda vez que trata a la demandada de poseedora.
En principio el poseedor no puede ser demandado por desalojo. Debería intentarse una acción posesoria.
El actor debería haber demandado en su calidad de cesionario y no de propietario.
Me parece que cabe la falta de legitimación activa, y casi diria plantear también la pasiva.
Saludos
 #244517  por Sailaw
 
Si, evidentemente no existe posesión sino tenencia, de acuerdo a lo que se dice en consulta, existe un desalojo por intruso, lo cual no puede prosperar porque existe un titulo que legitima la tenencia, que es el carácter de concubina e hija del actor.

Evidentemente el demandante se equivocó en la forma de encarar la demanda, y si procede una excepción por falta de legitimación, pasiva (falta de legitima acción)
 #246046  por cristina1
 
Gracias Sailaw por tu respuesta, cuando leí la demanda pense: este abogado no tiene idea de la diferencia entre posesión y tenencia.
Saludos.