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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #243225  por la colo
 
Hola A todos, tengo el caso de una señora que cobra una pensión no contributiva y ahora que falleció el marido no puede tramitar la pensión derivada sin antes dar de baja ese beneficio. Lo que yo pretendo hacer es iniciar como primera medida una jubilaciòn con moratoria para ella, y luego la pensión derivada del marido, lo que necesito saber es si es condición indispensable tener la baja de la pensìón no contrib. antes de iniciar la jubi, o lo puedo solicitar en el momento del turno.
Esto es muy importante dado que esa pensión es el único sustento que esta señora tiene.
Como siempre muchas gracias por sus respuestas.
 #243330  por marcegaleano
 
Tiene que dar de baja la pension no contributiva. Una vez dada de baja le inicias la jubi y posteriormente la pension. Si no da de baja no podes hacer ninguna de las dos. Igualmente a vos te piden el comprobante de la baja de la no contibutiva y no la dan de baja enseguida, sigue cobrando unos meses mas.
 #243347  por la colo
 
Muchas gracias por tu respuesta, ahora decime donde tiene que solicitar la baja...? tiene que presentar algún formulario..?
 #243356  por marcegaleano
 
Tiene que ir a la comision de pensiones asistenciales con el documento y certificado de supervivencia. Tendrias que fijarte el domicilio mas cercano a su domicilio en la pagina del ministerio de desarrollo social, de acuerdo a la localidad donde vive ellos tienen un listado y horarios de atencion.