Hola A todos, tengo el caso de una señora que cobra una pensión no contributiva y ahora que falleció el marido no puede tramitar la pensión derivada sin antes dar de baja ese beneficio. Lo que yo pretendo hacer es iniciar como primera medida una jubilaciòn con moratoria para ella, y luego la pensión derivada del marido, lo que necesito saber es si es condición indispensable tener la baja de la pensìón no contrib. antes de iniciar la jubi, o lo puedo solicitar en el momento del turno.
Esto es muy importante dado que esa pensión es el único sustento que esta señora tiene.
Como siempre muchas gracias por sus respuestas.
Esto es muy importante dado que esa pensión es el único sustento que esta señora tiene.
Como siempre muchas gracias por sus respuestas.
La Colo
