Hola a todos!
Estoy con la jubilación de un director de una SRL que tiene años en relación de dependencia y otros como autónomo.
Actualmente revista como autónomo en una categoría bastante alta.
Para alcanzar los años de servicios me están faltando 4 años aprox. y pensé incluirlo en la moratoria de la ley 24476 pero en el art. 3 aclara:
ARTICULO 3º - Los trabajadores autónomos que sus ingresos mensuales no superen los tres (3) AMPOS, y su patrimonio neto total sea menor a cincuenta mil pesos, están alcanzados por las disposiciones del presente capítulo en la fecha, forma y condiciones que establezca la D.G.I.
Los años declarados podrán computarse como años de servicios, no de aportes.
Quiere decir que esta persona no puede jubilarse con moratoria??? Este artículo sigue vigente??
A alguien se le ocurre como comprar los años faltantes??
Estoy con la jubilación de un director de una SRL que tiene años en relación de dependencia y otros como autónomo.
Actualmente revista como autónomo en una categoría bastante alta.
Para alcanzar los años de servicios me están faltando 4 años aprox. y pensé incluirlo en la moratoria de la ley 24476 pero en el art. 3 aclara:
ARTICULO 3º - Los trabajadores autónomos que sus ingresos mensuales no superen los tres (3) AMPOS, y su patrimonio neto total sea menor a cincuenta mil pesos, están alcanzados por las disposiciones del presente capítulo en la fecha, forma y condiciones que establezca la D.G.I.
Los años declarados podrán computarse como años de servicios, no de aportes.
Quiere decir que esta persona no puede jubilarse con moratoria??? Este artículo sigue vigente??
A alguien se le ocurre como comprar los años faltantes??
Gracias, Natalia
