Buenos días a todos los foristas. Soy nueva en materia previsional, en razón de ello les pido una pequeña ayuda ya que estoy a punto de gestionar mi primer recurso administrativo ante ANSES.
Es por eso que les pido a aquellos que me puedan guiar en el tema me indiquen si el poder para gestionar el reclamo puede ser certificado ante el mismo ANSES, para evitar de ese modo hacerlo ante escribano (caso afirmativo se realiza sin turno previo?). Se que en una época se tramitaba ante el Colegio de Escribanos (en Provincia al menos), pero actualmente ya no lo hacen mas.
Por último, les pido me hagan saber si es necesaria la toma de vista del expediente, teniendo en cuenta que si bien no cuento en mi poder con la resolución que otorgó el beneficio, sí conozco la ley por medio de la cuál se jubiló esta persona, teniendo en cuenta la fecha y el año de concesión del mismo.
Obviamente todo aquello que sume al respecto se los voy a agradecer.
Es por eso que les pido a aquellos que me puedan guiar en el tema me indiquen si el poder para gestionar el reclamo puede ser certificado ante el mismo ANSES, para evitar de ese modo hacerlo ante escribano (caso afirmativo se realiza sin turno previo?). Se que en una época se tramitaba ante el Colegio de Escribanos (en Provincia al menos), pero actualmente ya no lo hacen mas.
Por último, les pido me hagan saber si es necesaria la toma de vista del expediente, teniendo en cuenta que si bien no cuento en mi poder con la resolución que otorgó el beneficio, sí conozco la ley por medio de la cuál se jubiló esta persona, teniendo en cuenta la fecha y el año de concesión del mismo.
Obviamente todo aquello que sume al respecto se los voy a agradecer.
