Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JO ACORDADA CUOTA 400 SIN PAGAR

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #178497  por montero clara
 
Hola, hago una consulta, dado que quiero saber si existen excepciones a la regla, una señora inicio una jo por la web en octubre de 2007, y esta en afjp , pago la primer cuota, y no le sale el pago, ahora yo pude acceder a su plan y constato que compraron yt aplicaron beneficios muy caros; la segunda cuota en de $ 400,20 van como 7 cuotas a pagar. LLame a la afjp, y me dicen que que la JO le tiene que salir igual...Yo tengo entendido que queda suspendido hasta no cancelar las vencidas, o hay excepciones??? Tambien pensé dar de baja, y reliquidar, no se si se puede...se puede? pese a que se ha resulto favorablemente. Que aconsejan y que hay de cierto. :shock: gracias.
 #178587  por marcegaleano
 
montero clara escribió:Hola, hago una consulta, dado que quiero saber si existen excepciones a la regla, una señora inicio una jo por la web en octubre de 2007, y esta en afjp , pago la primer cuota, y no le sale el pago, ahora yo pude acceder a su plan y constato que compraron yt aplicaron beneficios muy caros; la segunda cuota en de $ 400,20 van como 7 cuotas a pagar. LLame a la afjp, y me dicen que que la JO le tiene que salir igual...Yo tengo entendido que queda suspendido hasta no cancelar las vencidas, o hay excepciones??? Tambien pensé dar de baja, y reliquidar, no se si se puede...se puede? pese a que se ha resulto favorablemente. Que aconsejan y que hay de cierto. :shock: gracias.
Es muy raro que si fue por web te hayan suspendido el pago. Esta acordada?. Tenes numero de beneficio?
 #178588  por marcegaleano
 
marcegaleano escribió:
montero clara escribió:Hola, hago una consulta, dado que quiero saber si existen excepciones a la regla, una señora inicio una jo por la web en octubre de 2007, y esta en afjp , pago la primer cuota, y no le sale el pago, ahora yo pude acceder a su plan y constato que compraron yt aplicaron beneficios muy caros; la segunda cuota en de $ 400,20 van como 7 cuotas a pagar. LLame a la afjp, y me dicen que que la JO le tiene que salir igual...Yo tengo entendido que queda suspendido hasta no cancelar las vencidas, o hay excepciones??? Tambien pensé dar de baja, y reliquidar, no se si se puede...se puede? pese a que se ha resulto favorablemente. Que aconsejan y que hay de cierto. :shock: gracias.
Es muy raro que si fue por web te hayan suspendido el pago. Esta acordada?. Tenes numero de beneficio?
Para cuando tenia fecha de alta, porque recien me di cuenta que habias puesto que esta acordada. Acordate que si es por AFJP cobran un mes despues a la fecha de anses (mes vencido) y en la pagina de anses te sale el mes siguiente pero no la fecha (rub).
 #178614  por Yose
 
OJO ni se te ocurra darle de baja, si esta acordado no se puede, perdes el beneficio y luego no le podes hacer otro.
Yo hice dos asi eran extranjeras y no pude aplicar beneficios, si la cuota supera los 360 no te la descuentan , EN un caso cobro todo sin los descuentos, y en el mismo momento pago las cuotas del periodo del retroactivo. EN otro la llamaron del anses, para decirle que si no paga todo antes no le pagaban.

 #178864  por montero clara
 
les comento a ambos,ah gracias por su atención, y marce... ya tiene numero de beneficio, y como queda el tema de la cuota...yose , me dijiste que no te la descuentan...?

 #178871  por marcegaleano
 
montero clara escribió:les comento a ambos,ah gracias por su atención, y marce... ya tiene numero de beneficio, y como queda el tema de la cuota...yose , me dijiste que no te la descuentan...?
Las cuotas no las descuentan, las tiene que pagar el titular. A mi me paso, en dos por web, que se pago la primera nada mas y cuando cobro el retroactivo le hice pagaron las cuotas (creo que pago 4), y el retroactivo que cobraron fue de mas de 4 meses. Afip informa cuando pasan 6 cuotas que no se pagaron (para afip no habria plan vigente si hay 6 cuotas sin pagar).
 #178979  por Yose
 
montero clara escribió:les comento a ambos,ah gracias por su atención, y marce... ya tiene numero de beneficio, y como queda el tema de la cuota...yose , me dijiste que no te la descuentan...?
Si es asi la cuota de mas de 360 no la descuentan pero si no la paga se le cae el beneficio. Asi que como te dijo el colega la debe pagar del retro.
Suerte Animo que es cierto si es de AFJP cobra hasta 3 meses despues del alta de anses
 #180747  por matiascarballo
 
me paso q llego una sra. que le habian hecho lo mismo y tras investigar llegue a la conclusion q la sra. tiene que pagar las cuotas ella porq no le vienen devengadas y si no las paga se le va generando deuda, y solo cuando se pone al dia le levantan la suspencion previo tramite por beneficiarios. al memento q me llegoel caso la sra. debia como 3000 p. eso es lo q me paso a mi. suerte

 #180821  por montero clara
 
hola matias, si yo habia llegado a la misma conclusiòn, pero llame a la afjp, y me dijeron lo otro, y vos que hiciste, o diste de baja? :shock:

 #180859  por Ariel_Franz
 
la unica alternativa es pagar las cuotas vencidas, para que levanten la suspension...

 #182456  por matiascarballo
 
si aca en anses mendoza, la unica solucion es pagar la deuda y recien ahi la habilitan, lo que si estoy averiguando es si se puede pagar en cuotas esa deuda o solo de contado. alguien sabe?

 #182465  por marcegaleano
 
matiascarballo escribió:si aca en anses mendoza, la unica solucion es pagar la deuda y recien ahi la habilitan, lo que si estoy averiguando es si se puede pagar en cuotas esa deuda o solo de contado. alguien sabe?
Tenes que pagar las cuotas vencidas, lo que pasa que hasta que no esten pagas todas las cuotas no te lo van a rehabilitar. Y no hay otra forma que pagarlas todas de contado.