Si la Sra. no estaba casada debera iniciar un tramite en anses para demostrar que eran concubinos, quienes tambien pueden recibir pension, solo que deben probar serlo, porque cuando vos inicias un tramite en anses debes hacer el ADP (algo como asignacion de datos personales) en los cuales en la casilla del estado civil debe salir: casado/ soltero/ concubino, por eso si la Sra. no estuvo casada debes probar primero esto y luego seguir con lo otro, digo que capaz no este casada porque vos decis "pareja de toda la vida"; si esta casada me iamgino que anses ya tiene ese dato cargado asi q no habria mas drama. saludos.
DRA. SA