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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #995836  por dalecalamar
 
Buenas, cliente que se presenta en el estudio y que tuvo un accidente hace 4 meses ,lo atienden por su ART, le dan el alta , como al tipo le sigue doliendo solicita médico, y le dicen que debe guardar reposo, en la empresa le pagan el sueldo , pero, éste ya no quiere continuar laborando en la empresa y por otra parte, quiere cobrar por el accidente de trabajo dado que nunca cobró un peso , mi pregunta es , ( lo digo porque desconozco el procedimiento por accidente de Trabajo )¿le envío TCL a la ART solicitando el alta y las prestaciones dinerarias .? me imagino que con el alta debe ir a la C.M para que le den un grado de incapacidad.Agradezco la rta tengo libro ( la revista anual )de la Nueva Ley de Rubinzal pero en materia de "procedimiento" nada dice Gracias !!!
 #995893  por Torito
 
Me extraña calamar.... Meté Seclo de una!! Nada de CM ni de procedimientos administrativos...

Seclo y eventualmente demanda en sede judicial!
 #995920  por dalecalamar
 
Gracias amigo de Mataderos, vemos si hago eso como vos bien decis, o espero el alta de la clienta, debo ver mas el tema de accidentes de Riesgos de Trabajo saludo .