La hija va a tener que probar que estaba incapacitada a la fecha de fallecimiento del causante primero, es decir, del padre que fue quien generó el derecho al beneficio que cobraba su madre.-
Si acredita la incapacidad a esa fecha y haber estado a cargo de él, no es una nueva pensiòn sino una INCLUSION en el beneficio de la madre como copartícipe 1, que es lo que debió hacer cuando la madre tramitó su pensión (incluirla como hija incapacitada, hubiera tenido obra social, hubiera cobrado asignación por hijo incapacitado y además, ahora sólo tendría que tramitar el acrecimiento al total de la prestación.-