Hola Gente, no es mi tema el previsional, pero me llego un cliente (en feria) porque tiene una Pyme e intimo por el art. 252 LCT a un trabajador para que inicie su jubilacion dado a que habia cumplido los 65 años. El problema es que ya se vencio el año desde la intimacion y el trabajador le mando un telegrama argumentando que no se va a retirar porque no cuenta con 30 años de servicio (tiene 27 años).
La pregunta es: el empleador que debe hacer? Respetar los 27 años y mantenerlo hasta que cumpla los 30? o hacer uso del 252 LCT y mandarle una CD de despido por acogerse al sistema previsional?
Desde ya les agradezco la orientacion.
La pregunta es: el empleador que debe hacer? Respetar los 27 años y mantenerlo hasta que cumpla los 30? o hacer uso del 252 LCT y mandarle una CD de despido por acogerse al sistema previsional?
Desde ya les agradezco la orientacion.
