Estimados colegas vuelvo una vez mas solicitando su ayuda!!! Tengo un juicio laboral (el primero), la demandada estuvo en rebeldia todo el proceso, la sentencia salio favorable y obviamente estamos en etapa de ejecucion. En esta etapa las cedulas las tiene que confeccionar y firmar el abogado? o hay que dejarlas a confronte? Pregunto porque me ordenaron intimar a la demandada a hacer entrega del certificado del art 80 LCT bajo apercibimiento de hacerlo el juzgado e imponer una multa, yo lleve la cedula ya firmada y en el juzgado lo unico que hicieron fue ponerme el sello y devolvermela! Tendre que llevarlas yo a la oficina de notificaciones?
Si alguien me puede indicar si este es el procedimiento correcto con las cedulas laborales se lo voy a agradecer.
Si alguien me puede indicar si este es el procedimiento correcto con las cedulas laborales se lo voy a agradecer.
