Estimados, tengo un cliente que trabaja hace dos años en rever pass, sucede que en enero de este año le otorgaron licencia por enfermedad ( en ese momento la psicóloga le diagnóstico angustia aguda) cuestión que le abonaron los tres meses como establece el art 208. Sucede lo siguiente, en octubre le otorgan una nueva licencia y ellos alegan que es continuación de la ya otorgada en enero. En este caso la licencia tiene un diagnóstico diferente ya que mi cliente intentó quitarse la vida. La cuestión es que curse el primer telegrama intimando al pago de los meses de octubre y noviembre ya que esgrimí que es una nueva licencia, ya que el diagnóstico es diferente. Ellos me contestaron que es continuación de la licencia otorgada en enero y por ende no abonarán nada. Que me recomiendan hacer? Contesto que rechazo el telegrama por malicioso... Y se da por despedido? Espero aportes
