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  • despido verbal en trabajo en negro.. ley 24013 0 25323?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #898509  por elisanz
 
Buenas tardes!!! tengo un cliente al que lo despidieron verbalmente hace 2 meses, estaba en negro, creen que deberia reclamar por la 24013 o por la 25323 aunque haya habido despido verbal...
me trae dudas este tema!!
Gracias!!
 #898517  por dam89
 
elisanz escribió:Buenas tardes!!! tengo un cliente al que lo despidieron verbalmente hace 2 meses, estaba en negro, creen que deberia reclamar por la 24013 o por la 25323 aunque haya habido despido verbal...
me trae dudas este tema!!
Gracias!!
Las indem de la 24013 siempre van a ser mayores (Art. 8 y 15), mi humilde opinión sería que no hagas alusión al despido, total al estar en negro el empleador no tiene forma de probarlo.

Manda un telegrama, como si tu cliente estuviera trabajando normalmente, intima por la 24013 (no te olvides de mandar TCL al AFIP) y retene tareas con fundamento en el Art. 1201 CC. Desp viene el desp, si niega la relación o si no contesta. De esa forma te aseguras un reclamo indemnnizatorio más grande. Y como consejo para abrir aún más el abanico de las injurias, agregale que te adeudaba horas extra, salarios y de paso el reclamo aumenta. Espero te sea de utilidad.
 #898521  por dam89
 
De más esta decir que si vas a plantear lo del despido verbal corre la 25.323, porque ya se extinguió la relación laboral.

24.013 se usa para relaciones vigentes.
25.323 relaciones extintas.

Ahora si, saludos.
 #898523  por elisanz
 
Gracias dam89!!! siii me sirvio muchas gracias!!! como ya pasron 2 meses desde el despido verbal no estoy segura de ir por la 24013 mas que nada para el caso de que lleguemos a juicio. Pero como vos decis estaba en negro y hay que probar desde cuando no trabaja mas.

GraciAS!!
 #898524  por eltam88
 
elisanz escribió:Gracias dam89!!! siii me sirvio muchas gracias!!! como ya pasron 2 meses desde el despido verbal no estoy segura de ir por la 24013 mas que nada para el caso de que lleguemos a juicio. Pero como vos decis estaba en negro y hay que probar desde cuando no trabaja mas.

GraciAS!!
Además si ellos manifiestan que hace 2 meses no va más fueron, te reconocen la relación laboral.
Ellos seguro te negaran el vinculo, para defenderse y buscar que encuadre en el 241 in fine deben alegarlo, si no lo alegan no se debatirá sobre tal causal de extinción.
 #898525  por dam89
 
No olvidate, en la contestación te van a decir que no te conocen. Jamás vi un empleador que te diga que si estas en negro (sería torpe de su parte, a menos que le agarre un ataque de responsabilidad y te registre, pero jamás lo vi como actor). Saludos.
 #899291  por jovenabogada23
 
Buenas, te doy mi humilde opinion.. yo mandaria telegrama intimando por la 24013 (envia copia a la afip) y no por la 25323. Retene tareas, intima a q se abonen horas extras y si llegas a la demanda declaras bajo juramento del art 37 no me acuerdo bien, pero esta en LCT.. si el empleador no presenta las planillas de horarios, se tiene por cierto lo de dicho por el trabajador, es el fallo Ardepez.. saludos!
 #899344  por sanjuanino
 
jovenabogada23 escribió:Buenas, te doy mi humilde opinion.. yo mandaria telegrama intimando por la 24013 (envia copia a la afip) y no por la 25323. Retene tareas, intima a q se abonen horas extras y si llegas a la demanda declaras bajo juramento del art 37 no me acuerdo bien, pero esta en LCT.. si el empleador no presenta las planillas de horarios, se tiene por cierto lo de dicho por el trabajador, es el fallo Ardepez.. saludos!
Necesitaría ese dato: ¿fallo Ardepez contra quien? y por quien fue dictado
 #902942  por gusgus
 
sanjuanino escribió: Necesitaría ese dato: ¿fallo Ardepez contra quien? y por quien fue dictado

aqui está amigo cuyano, es un fallo reciente de la SCBA respecto a la prueba de las horas extra......

el tema es que, a mi entender no es tan terminante como lo dice la colega en el sentido que con el juramento ya alcanza si la patronal no tiene las planillas, sino que si se acredita por el trabajor la realización de horas extra, en este caso se tiene por cierto lo dicho por él en lo que hace a la extensión de las mismas si la patronal no tiene las planillas respectivas.

http://www.scba.gov.ar/falloscompl/scba ... l99688.doc
 #903028  por Tyo83
 
Coincido con Gus Gus, en López c/ Ardapez se indica que una vez acreditada la realizaciòn de horas extras por el trabajador, se invierte la carga de la prueba sobre la cantidad de las mismas.- No es lo mismo que decir que el empleador tiene la carga de probar que no las hizo.-
 #903331  por sanjuanino
 
gusgus escribió:
sanjuanino escribió: Necesitaría ese dato: ¿fallo Ardepez contra quien? y por quien fue dictado

aqui está amigo cuyano, es un fallo reciente de la SCBA respecto a la prueba de las horas extra......

el tema es que, a mi entender no es tan terminante como lo dice la colega en el sentido que con el juramento ya alcanza si la patronal no tiene las planillas, sino que si se acredita por el trabajor la realización de horas extra, en este caso se tiene por cierto lo dicho por él en lo que hace a la extensión de las mismas si la patronal no tiene las planillas respectivas.

http://www.scba.gov.ar/falloscompl/scba ... l99688.doc
Muchísimas gracias compañero