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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #893968  por danielsur
 
Hola antes que nada, tengo una duda sobre un tema, el cual es el siguiente: Estoy por demandar a una S.A., y a sus socios, pero en las epistolares que envié para que aclaren la situación laboral, solo remití a la S.A. y a uno de los socios, donde la empresa está conformada por 5 socios. Mi duda es si los socios que NO fueron notificados me pueden interponer falta de notificación o falta de legitimación pasiva, leí una vez que en el caso de fraude por el solo hecho de notificar a la sociedad, la misma es válida, por ende es viable la demanda aunque no se haya notificados a los demás socios. Espero haber sido claro en mi planteo. Saludos.-
 #894117  por flux
 
Mi duda es si los socios que NO fueron notificados me pueden interponer falta de notificación o falta de legitimación pasiva
Poder pueden, pero no camina

Se intima al empleador, la SA es la empleadora, no los socios. Asi que no tendrias obligacion de notificarlos

Bastaria conque en algun TCL enviado a la SA digas "reservo derecho de extender responsabilidad a los socios, gerentes y/o administradores en los terminos de los articulos 54 y 59 LSC" y alcanza
 #894199  por sanjuanino
 
flux escribió:
Mi duda es si los socios que NO fueron notificados me pueden interponer falta de notificación o falta de legitimación pasiva
Poder pueden, pero no camina

Se intima al empleador, la SA es la empleadora, no los socios. Asi que no tendrias obligacion de notificarlos

Bastaria conque en algun TCL enviado a la SA digas "reservo derecho de extender responsabilidad a los socios, gerentes y/o administradores en los terminos de los articulos 54 y 59 LSC" y alcanza
Convengo con flux