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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #866735  por Drml2010
 
Es posbile solicitar se proceda a regularizar situacion laboral, atento haberse desempeñado el empleado en negro por 5 años, al momento de firmar un contrato de empleo temporal, o debe intimar a su empleador previo a la firma de dicho contrato? Quedo a la espera de sus respuestas, muchas gracias.
 #867089  por eltam88
 
Explicate mejor y manifesta si tu cliente quiere o no seguir laborando.
 #867170  por Drml2010
 
Por supuesto mi cliente desea continuar laborando y por tal motivo ahora lo obligan a firmar contrato por tiempo determinado, pero atento nunca estuvo su situacion regularizada en los ultimos anios...Gracias
 #867214  por sanjuanino
 
Lo que te conviene es Que firme contrato ahora, y antes de que se termine el tiempo del contrato intime a la regularización real (con todos los años anteriores) en virtud de la 24013
 #867285  por Drml2010
 
Muchas gracias por su pronto asesoriamiento. Saludos cordiales y buen feriado.
 #877849  por Drml2010
 
Atento un empleado se ha desempeñado por 5 años en negro, luego regularizado, al dia de la fecha, habiendo trabajado en forma debidamente registrada por 3 años, cabe la posibildiad que dicho empleado intime a su empleador a regularizar situacion laboral de aquellos 5 años que estuvo en negro, con los medios probatorios suficientes para demostrar la existencia de tal relacion en aquel periodo?
Espero comentarios
Gracias
 #877897  por sanjuanino
 
Drml2010 escribió:Atento un empleado se ha desempeñado por 5 años en negro, luego regularizado, al dia de la fecha, habiendo trabajado en forma debidamente registrada por 3 años, cabe la posibildiad que dicho empleado intime a su empleador a regularizar situacion laboral de aquellos 5 años que estuvo en negro, con los medios probatorios suficientes para demostrar la existencia de tal relacion en aquel periodo?
Espero comentarios
Gracias
Absolutamente si. Se intima bajo los apercibimientos de la ley 24013
 #878802  por Drml2010
 
De acuerdo, pero necesariamente el empleado debe estar en actividad para intimar bajo los apercibimientos de la ley 24013? y si es despedido sin causa, puede intimar a su ex empleador bajo este nuevo estado?
Gracias colegas
 #880707  por sanjuanino
 
Drml2010 escribió:De acuerdo, pero necesariamente el empleado debe estar en actividad para intimar bajo los apercibimientos de la ley 24013? y si es despedido sin causa, puede intimar a su ex empleador bajo este nuevo estado?
Gracias colegas
Para la procedencia de las multas de la 24013 el empleado debe estar trabajando al momento de la intimación. Ahora bien, en el caso de un empleado completamente en negro (intimacion por el art 8) intima lo mismo aunque lo hayan despedido (ya que este despido en general es de palabra y no lo va a poder demostrar al despido previo el empleador)
Hay una forma de cortar esto, pero eso que lo averiguen las patronales.
Saludos