Hola a todos, tengo una duda respecto a un caso que me llegó:
Mi clienta se reintegra a su puesto de trabajo luego de tomarse las vacaciones y licencia por enfermdedad y se encuentra con que el comercio donde ella presta servicios está tapiado (dentro de un shopping) ya que ahí empezaría a funcionar otra firma.-
Ahora bien, se envía telegrama diréctamente considerandose despedida por haber finalizado la empresa el contrato y no haberle dado aviso.
En la audiencia del seclo el abogado de la empresa me dice que no es viable ya que en el telegrama ella se consideró directamente despedida en vez de haber solicitado "asignación de tareas".
pd: ella nunca recibió notificación que iba a mudarse de local la empresa y tampoco recibió respuesta a su telegrama.
PREGUNTA: sí o sí tendría que haber solicitado asignacion de tareas bajo apercibimiento de considerarse despedida en vez de diréctamente considerarse despedida? en qué me puedo basar para mantener mi postura?
Agradezco desde ya las respuestas, colegas!
Mi clienta se reintegra a su puesto de trabajo luego de tomarse las vacaciones y licencia por enfermdedad y se encuentra con que el comercio donde ella presta servicios está tapiado (dentro de un shopping) ya que ahí empezaría a funcionar otra firma.-
Ahora bien, se envía telegrama diréctamente considerandose despedida por haber finalizado la empresa el contrato y no haberle dado aviso.
En la audiencia del seclo el abogado de la empresa me dice que no es viable ya que en el telegrama ella se consideró directamente despedida en vez de haber solicitado "asignación de tareas".
pd: ella nunca recibió notificación que iba a mudarse de local la empresa y tampoco recibió respuesta a su telegrama.
PREGUNTA: sí o sí tendría que haber solicitado asignacion de tareas bajo apercibimiento de considerarse despedida en vez de diréctamente considerarse despedida? en qué me puedo basar para mantener mi postura?
Agradezco desde ya las respuestas, colegas!
